Edicto
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia:
Que en el procedimiento número 1693/2015, referente al deudor Náutica Vergara, S.L., con C.I.F. número B41624693, y domicilio en Gelves, Sevilla, calle Agustín Chaves, 10, por auto de fecha 10 de febrero de 2021, se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Náutica Vergara, S.L., llevado en este mismo tribunal con el número 1693/2015. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese de la administración concursal designada, aprobando la rendición de cuentas presentada por la mismo.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Náutica Vergara, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 22 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
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