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Documento BOE-B-2021-95

BADALONA

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2021, páginas 95 a 96 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-95

TEXTO

Edicto.

Doña M.ª Lourdes López Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.° 2 de Badalona, anuncia:

Declaración de fallecimiento: 1346/2020.

Parte demandante: Don Jaume Esterli Vila.

Sobre personas, familia y acogimiento de menores (títulos ii, iii y d.a. 2a).

En el que se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Antecedentes de Hecho

Primero. El Procurador Ricard Simo Pascual, en nombre y representación de Jaume Esterli Vila, ha presentado una solicitud sobre Declaración de fallecimiento respecto de María Mercedes Esterli Vila con DNI 37315879N y con último domicilio conocido en Badalona.

Admito la solicitud presentada por el Procurador/a Ricard Simo Pascual en nombre y representación de Jaume Esterli Vila, sobre declaración de fallecimiento respecto de María Mercedes Esterli Vila con último domicilio conocido en Badalona. Tengo al referido Procurador como comparecido/y parte en la representación que acredita.

Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día 10/12/2020 a las 12:00 horas en la Sala de Vistas de este Órgano judicial. A la comparecencia, se citará a Jaume Esterli Vila, a través de su representación procesal, requiriéndole también para que en el plazo de tres días desde la notificación de esta resolución indique si tiene más hermanos, o el nombre de algún otro familiar, vecino o amigo de la persona cuya declaración de fallecimiento se solicita, facilitando sus datos para la citación a la misma comparecencia o manifestando si se encarga él mismo de su citación, con la antelación y prevenciones previstas en el art. 17.3 y 18.2 LJV, para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueren necesarios. Se cita asimismo a dicha comparecencia al Ministerio Fiscal.

En las cédulas, se advertirá:

1a) A la parte solicitante:

- si no asiste a la comparecencia, se le tendrá por desistido de la demanda y se acordará el archivo de la solicitud (art. 18.2.1a LJV).

2a) A las demás personas citadas:

- si alguna no asiste, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (art. 18.2.1a LJV).

- si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los 5 días siguientes a su citación pero ello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea y así se le indique en la cédula de citación (art.17 último párrafo LJV).

3a) A todas las personas citadas:

- deben asistir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse (art. 16.3 LJV).

Advierto a las partes que, si no están representadas por procurador, las comunicaciones efectuadas en cualquiera de los lugares que hayan designado como domicilios surtirán plenos efectos en cuanto se acredite la correcta remisión de lo que haya de comunicarse aunque no conste su recepción por la persona destinataria; salvo que la comunicación tenga por objeto la personación en juicio o la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales (art. 155.4 LEC).

Y que deben comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso. Así como los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la Oficina judicial (art.155.5 LEC). Practíquese a través el Punto Neutro Judicial averiguación sobre el posible domicilio actual tanto personal como laboral de la persona cuya declaración de fallecimiento se solicita.

Conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 LJV, acuerdo publicar dos veces la presente resolución mediante edictos, con un intervalo mínimo de ocho días, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el tablón del Ayuntamiento de Badalona. En el edicto se hará constar que puede intervenir en la comparecencia cualquier persona que pueda tener interés en la declaración de ausencia.

Para que sirva de comunicación a las personas interesadas, conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 15/2015, de 2 de julio (LJV), expido y firmo el presente edicto que será publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad de Badalona y en el BOE.

Este edicto ha de ser publicado dos veces, con un intervalo mínimo de ocho días.

Modo de impugnación: recurso de reposición ante el Letrado de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de cinco días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

Badalona, 23 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, M.ª Lourdes López Gutiérrez.

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