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Documento BOE-B-2021-9742

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 2021, páginas 12521 a 12522 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-9742

TEXTO

Don José Antonio Alonso Almaraz, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 188/2021. Sección: A.

NIG: 0801947120218001730.

Fecha del auto de declaración. 18-2-2021.

Clase de concurso. Consecutivo.

Persona concursada. OLGA SÁNCHEZ LIÉBANA, mayor de edad, con domicilio en Calle dels lliris, 41, 08212 - Sant Llorenç Savall y con NIF n.º 34744150M.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

ANTONIO MÚÑOZ DE GISPERT.

Dirección postal: calle Muntaner, 379, entlo. 1.ª, de Barcelona.

Dirección electrónica: amunoz@absislegal.com

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

Conforme al 710 TRLC los titulares de créditos que hubieran suscrito el Acuerdo Extrajudicial de pagos no necesitarán comunicar la existencia de esos créditos ni solicitar el reconocimiento de los mismos.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar/en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 LC.y podrá ser impugnado por los acreedores en el plazo de diez (10) días en el sentido que se recogen en los arts. 297 ss TRLC. Y 713 TRLC

Se tiene por presentado plan de liquidación por parte del mediador concursal y se procede asimismo a efectuar el traslado a los acreedores por diez (10) días para proponer su modificación o efectuar observaciones.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 22 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Antonio Alonso Almaraz.

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