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Documento BOE-B-2022-10781

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., por el que se somete a información pública la autorización para el aprovechamiento de recursos superficiales no asignados procedentes de los embalses de laminación de la cuenca, para el presente año hidrológico.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 5 de abril de 2022, páginas 16421 a 16422 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2022-10781

TEXTO

Con fecha 31/03/2022 Dirección Técnica ha informado acerca de los volúmenes existentes en los embalses de laminación de la cuenca, susceptibles de ser asignados en el presente año hidrológico.

Teniendo en cuenta la calidad de los recursos y los condicionantes de caudales ambientales, el volumen desembalsable hasta la fecha es el siguiente: embalse del Judío (1,5 hm³) y embalse de Los Rodeos (7 hm³).

El desembalse estará condicionado en todo caso a la calidad que presenten las aguas en el momento de su desembalse, estando prohibido en caso de aparición de cianobacterias o en caso de que la calidad pueda afectar a las aguas circulantes por el río.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 33.5 de la normativa del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura, aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, los recursos procedentes de obras de defensa contra avenidas están a disposición de la Confederación Hidrográfica del Segura que, previa autorización, puede destinarlos entre otras funciones, a aliviar déficit puntuales.

Existiendo en la actualidad 8,5 hm³, disponibles en los embalses del Judío y de Los Rodeos susceptibles de asignación, sujeto a modificaciones tanto al alza como a la baja en función de las necesidades del Organismo de cuenca, para la asignación de volúmenes se considera conveniente atender las peticiones que puedan plantear los usuarios de la Demarcación Hidrográfica que presenten problemas de atención de la demanda.

Dado el carácter urgente de desembalsar las aguas almacenadas, es de aplicación el procedimiento de urgencia contemplado en el art. 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, vistos los datos de Dirección Técnica, y de conformidad con lo previsto en el artículo 96.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se acuerda:

Primero: Otorgar un plazo de quince días a partir de la fecha de la publicación en el BOE de la presente convocatoria para que los usuarios de la Demarcación Hidrográfica del Segura que deseen aprovechar estos recursos presenten solicitud ante este Organismo, justificando el déficit que solicitan que sea atendido.

Segundo: Establecer como condiciones esenciales que habrán de cumplir los usuarios que puedan ser autorizados las siguientes:

a) Régimen de aprovechamiento de las aguas: El aprovechamiento se llevará acabo incorporando los recursos al sistema único de explotación, permitiendo la derivación de cantidades equivalentes a través de las captaciones propias de que dispongan los usuarios o, en su caso, a través de las infraestructuras del postrasvase Tajo-Segura con las pérdidas por transporte que proceda imputar. Las aguas procedentes del embalse del Judío no podrán ser suministradas mediante compensación contable con agua almacenada en la cabecera, por lo que su uso quedará restringido a usuarios situados agua abajo del embalse.

b) El aprovechamiento deberá realizarse antes del 30 de septiembre de 2022.

c) Régimen económico de la autorización: Por la Dirección Técnica del Organismo se determinará la tarifa de utilización que proceda en función de los gastos que dicho desembalse ocasione. El uso de las infraestructuras del Estado dará lugar a la liquidación de las tarifas legalmente previstas.

d) La autorización podrá revocarse unilateralmente por razones de interés público en los supuestos previstos en el artículo 92.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre.

e) La autorización no será prorrogable ni se admitirá subrogación.

Tercero: Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo indicado en el apartado segundo, los usuarios interesados podrán presentar sus peticiones, citando la referencia ASV-6/2022, de forma electrónica a través del Registro Electrónico Común, o de forma presencial en el registro de la Confederación Hidrográfica del Segura (Plaza de Fontes, 1, 30001 Murcia) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Murcia, 31 de marzo de 2022.- Comisario de Aguas, Francisco Javier García Garay.

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