Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón de la Plana
María de las Mercedes Checa Moya, letrado/a de la administración de Justicia del órgano arriba mencionado,
Hago saber: en el presente concurso que se tramita bajo el número 616/12 siendo la concursada Jardines de Castalia Sociedad Anónima con CIF A 96646880, se ha acordado la subasta extrajudicial habiéndose señalado el comienzo uno de junio de 2022 a las doce horas y finalizará el treinta de junio del 2022 a las doce horas, a través de empresa especializada Activos Concursales (www.eactivos.com), acordada por resolución que a continuación se inserta:
"Diligencia de ordenación del letrado de la administración de justicia Don/Doña María de las Mercedes Checa Moya.
En Castellón de la Plana/Castellón, a dieciséis de mayo de dos mil veintidós.
Presentado el anterior escrito de fecha dieciséis de los corrientes por el administrador concursal Señor Castellano, comunicando que la publicación del edicto no se ha podido llevar a cabo, únase a los autos de su razón, expidiendo de nuevo la correspondiente diligencia para su publicación en formato pdf, para que no se modifique la estructura de las fincas a la hora de la firma.
Visto el contenido de las manifestaciones efectuadas, en escrito anterior, de proceder a la subasta extrajudicial, sobre los bienes que después se dirán, todo ello en cumplimento del plan de liquidación aprobado en fecha diez de noviembre de 2021, haciéndose constar que los bienes tienen las cargas detalladas en el escrito presentado, (préstamo hipotecario BBVA cedido a Voyager Investing UK LTD, Partnership, ambas partes personadas en el presente expediente), a través de empresa especializada Activos Concursales ( www.eactivos.com) que tendrá comienzo en fecha uno de junio de 2022 a las doce horas y finalizará el treinta de junio de 2022 a las 12 horas.
Para más información deberá dirigirse al administrador concursal Don Federico Castellano Peris, correo electrónico; jardinesdecastalia@castellanoweb.com.
Fincas objeto de subasta extrajudicial
Lotes |
Finca registral |
Registro |
|
1 |
Parcela XII Sector 48 Lledó III. Solar terciario |
51.049 |
número 1 de Castellón |
2 |
UE-55-R Parcelas M y N-124m2. Solar |
26.836 |
número 2 de Castellón |
3 |
Garaje 27 en Residencial Lux |
67.129/27 |
número 2 de Castellón |
4 |
Garaje 35 en Residencial Lux |
67.129/35 |
número 2 de Castellón |
5 |
Garaje 39 en Residencial Lux |
67.129/39 |
número 2 de Castellón |
6 |
Garaje 41 en Residencial Lux |
67.129/41 |
número 2 de Castellón |
7 |
Garaje 45 en Residencial Lux |
67.129/45 |
número 2 de Castellón |
8 |
Garaje 52 en Residencial Lux |
67.129/52 |
número 2 de Castellón |
9 |
Garaje 54 en Residencial Lux |
67.129/54 |
número 2 de Castellón |
10 |
Garaje 59 en Residencial Lux |
67.129/59 |
número 2 de Castellón |
11 |
Garaje 62 en Residencial Lux |
67.129/62 |
número 2 de Castellón |
12 |
Garaje 65 en Residencial Lux |
67.129/65 |
número 2 de Castellón |
13 |
Garaje 66 en Residencial Lux |
67.129/66 |
número 2 de Castellón |
14 |
Garaje 67 en Residencial Lux |
67.129/67 |
número 2 de Castellón |
15 |
Garaje 74 en Residencial Lux |
67.129/74 |
número 2 de Castellón |
16 |
Garaje 75 en Residencial Lux |
67.129/75 |
número 2 de Castellón |
17 |
Garaje 76 en Residencial Lux |
67.129/76 |
número 2 de Castellón |
18 |
Garaje 77 en Residencial Lux |
67.129/77 |
número 2 de Castellón |
19 |
Garaje 78 en Residencial Lux |
67.129/78 |
número 2 de Castellón |
20 |
Garaje 79 en Residencial Lux |
67.129/79 |
número 2 de Castellón |
21 |
Local 1 en Residencial Lux |
67.131 |
número 2 de Castellón |
22 |
Local 2 en Residencial Lux |
67.133 |
número 2 de Castellón |
23 |
Vivienda 1 en Residencial Lux |
67.135 |
número 2 de Castellón |
Se hace saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante el letrado de la administración de justicia que la dictó, por escrito y en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida. Si no se cumplen los requisitos indicados, no se admitirá a trámite el recurso. Se hace constar que para recurrir la presente resolución no es necesario la consignación de depósito.
Asimismo se le hace saber que en caso de que la presente resolución contenga datos de carácter personal de la contra parte o de terceros su tratamiento, utilización, o uso desautorizado puede suponer una infracción de la ley orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
El/la Letrado DLAJ"
Y para que surta los efectos oportunos se expide el presente en
Castellón de la Plana/Castellón, 16 de mayo de 2022.- Letrado/a de la Administración de Justicia, María de las Mercedes Checa Moya.
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