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Documento BOE-B-2022-20056

Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) de 9 de junio de 2022, por la que se convocan ayudas para la protección social de los deportistas de alto nivel y el apoyo a los deportistas que participen en competiciones internacionales representando a España.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 21 de junio de 2022, páginas 30226 a 30228 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2022-20056

TEXTO

BDNS(Identif.):634521

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/634521)

Primero: Beneficiarios.

Serán beneficiarias de las ayudas las Federaciones Deportivas Españolas (en adelante FFDDEE), en función de los deportistas pertenecientes a las mismas que acrediten el correspondiente derecho en los términos que figuran en la convocatoria como destinatarios finales.

Las FFDDEE y los deportistas destinatarios a los que se hace referencia en la convocatoria deberán cumplir, en su caso, los requisitos establecidos en la Resolución de Presidencia de 8 de abril de 2022 sobre obligaciones generales que deberán cumplir los beneficiarios de subvenciones concedidas por el CSD.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

El objeto de la convocatoria es la financiación, mediante ayudas concedidas por el CSD, de las cuotas de la Seguridad Social satisfechas en relación con los deportistas de alto nivel.

Asimismo, la convocatoria está destinada a la financiación mediante ayudas concedidas por el CSD para la preparación y participación de deportistas en competiciones de ámbito internacional.

Tercero: Bases Reguladoras.

La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la Resolución de convocatoria y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.

Cuarto: Cuantía.

El CSD destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de 16.000.000 € con cargo al crédito 24.106.336A.481, "A Federaciones Deportivas Españolas, procedente de los ingresos obtenidos en la comercialización conjunta de derechos audiovisuales, en aplicación Real Decreto-ley 5/2015", con el siguiente desglose:

Subconcepto 01 "A federaciones deportivas españolas, para cotizaciones a la Seguridad Social de los deportistas de alto nivel", hasta 3.000.000 €.

Subconcepto 02 "A federaciones deportivas españolas, para ayudas a deportistas que representen a España en competiciones internacionales", un mínimo de 13.000.000 € que se distribuirá del siguiente modo:

Ayudas del Programa "Becas CSD Team España", un importe mínimo de 8.000.000€.

Ayudas para deportistas españoles por resultados deportivos, un importe mínimo de 1.000.000 €.

Ayudas a deportistas que participan en competiciones internacionales con el objetivo de mejorar su rendimiento en los próximos JJOO y JJPP, un importe mínimo de 4.000.000 €.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del siguiente a la publicación en el BOE del extracto de la presente Resolución.

En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del CSD https://sede.csd.gob.es/OficinaVirtual/FichaTramite.aspx?coSia=688019&idRes=441  

Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.

Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en la Sede Electrónica del CSD, que deberá estar firmada en todo caso por el Presidente de la Federación o representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de dicha federación. Esta solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la Convocatoria de referencia.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola vez.

La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD. El plazo de presentación de las cuentas justificativas en el CSD corresponderá al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023, debiendo presentarse aquellas por vía telemática.

Madrid, 9 de junio de 2022.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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