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Documento BOE-B-2022-24753

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia la constitución de la federación empresarial denominada "Federación Nacional de Excavadores", en siglas FENAEX, con número de depósito 99106160.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2022, páginas 38400 a 38400 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2022-24753

TEXTO

Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada federación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por D. Alfredo Laborda Luño mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2022/001702.

Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 01/08/2022 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 04/08/2022.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por D. Oscar San Emeterio Diego y D. Antonio García Rivero en representación de la ASOCIACIÓN DE EXCAVADORES DE CANTABRIA; D. Roberto Loraque Alonso, D. Alfredo Laborda Luño y Dña. María Jose Robledo Aznar en representación de la ASOCIACIÓN DE EXCAVADORES DE ARAGÓN y D. Amando Astorga Grandoso y Dña. Aitziber Zorroza Aurrecoechea en representación de la ASOCIACIÓN VIZCAINA DE EXCAVADORES-BIZKAIKO INDUSKARI ELKARTEA; todos/as ellos/as en calidad de promotores/as.

Se indica que el domicilio de la organización está fijado en el artículo 2 de sus estatutos, el ámbito funcional en el artículo 3 y su ámbito territorial es estatal

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 4 de agosto de 2022, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.

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