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BDNS(Identif.):644591
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/644591)
Primero. Beneficiarios
Podrán concurrir a la convocatoria las personas que reúnan los requisitos siguientes:
Poseer la nacionalidad española o de alguno de los países miembros de la Unión Europea o de los países signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, o ser extranjero residente en España en el momento de la solicitud y disfrute de la beca, de acuerdo con los requisitos de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
Los candidatos que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del castellano no pueda deducirse de su origen o de los méritos alegados y no puedan acreditarlo documentalmente, deberán superar una entrevista en la que se compruebe que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.
Antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, es necesario haber terminado los estudios de Ingeniería, Arquitectura, Licenciatura o Grado que en cada caso se requieran, así como haber obtenido la titulación en el curso académico 2016/2017 o posteriores. Las titulaciones cursadas en el extranjero o en centros españoles no estatales, deberán estar convalidados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos por estar homologados en la fecha de presentación de la solicitud.
No haber sido beneficiario, o no serlo en el momento de presentar la solicitud, de una beca del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional por un período superior a un año.
Segundo. Objeto
Convocar ocho becas para posgraduados en régimen de concurrencia competitiva en las especialidades y con los requisitos, duración y cuantía que se establecen en la presente convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la convocatoria se recogen en la ORDEN PRE7515/2005, de 28 de febrero (BOE de 5 de marzo).
Cuarto. Cuantía
El importe total de la convocatoria asciende a 90.000 euros, estando su concesión condicionada a la existencia de crédito presupuestario. El período de disfrute de la beca será de un año y su abono se realizará por mensualidades vencidas por una cuantía de 937,50 euros mensuales.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes finalizará a los quince días naturales contados a partir del siguiente al día de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 13 de junio de 2022.- María Dolores Menéndez Company Gerente de Patrimonio Nacional.
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