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Documento BOE-B-2022-26240

Extracto de la Orden CSM/837/2022 de 30 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2022, de subvenciones destinadas a la digitalización y modernización de Juntas Arbitrales de Consumo, adscritas a Administraciones locales y autonómicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 2 de septiembre de 2022, páginas 40870 a 40871 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Consumo
Referencia:
BOE-B-2022-26240

TEXTO

BDNS(Identif.):646234

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/646234)

Primero. Beneficiarios

Comunidades Autónomas, Ciudades Autónomas y Entidades Locales a las que se encuentren adscritas las Juntas Arbitrales de Consumo, cuyo convenio de constitución se encuentre en vigor en el momento de presentación de las solicitudes.

Segundo.  Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de ayudas o subvenciones destinadas a la digitalización y modernización de Juntas Arbitrales de Consumo, adscritas a Administraciones locales y autonómicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en cumplimiento de los objetivos específicos establecidos en la medida de la Inversión 2 del componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominada "Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado".

Tercero. Bases reguladoras

Están recogidas en la Orden CSM/837/2022 de 30 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022, de subvenciones destinadas a la digitalización y modernización de Juntas Arbitrales de Consumo, adscritas a Administraciones locales y autonómicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Cuarto. Cuantía

La cuantía total máxima de la subvención asciende a 440.000,00 euros para las Juntas Arbitrales de ámbito territorial autonómico y a 400.000,00 euros para las Juntas Arbitrales de ámbito local, adjudicándose las cuantías individuales en la forma en que se establece en los artículos 7 y 28. 2 de Orden de bases y de convocatoria de estas subvenciones. Conforme establece el citado artículo 7 el reparto se efectuará de acuerdo con la fórmula establecida en su apartado 5, asignándose los posibles remanentes de conformidad con lo establecido el apartado 6 del mismo artículo. 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación esta orden en el «Boletín Oficial del Estado» o del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que la publicación se realizara en fechas diferentes, el plazo empezará a contar desde aquella que se hubiera producido en último lugar.

La solicitud se acompañará de los Anexos y la documentación exigida en los artículos 11. 12 y 34 de la Orden de bases y convocatoria.

El período de elegibilidad de las actividades subvencionables será desde el 1 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.

El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de solicitud de la subvención.

Madrid, 30 de agosto de 2022.- El Ministro de Consumo. Alberto Carlos Garzón Espinosa.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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