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Documento BOE-B-2022-26964

GLOBAL ECONOMIC ACCOUNTING AIE.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 8 de septiembre de 2022, páginas 41885 a 41887 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2022-26964

TEXTO

ACUERDO relativo a la adjudicación de ayudas para la realización de trabajos de investigación sobre temas relacionados con la Contabilidad Social

Acuerdo de 17 de mayo de 2022, de la Junta Directiva de la Agrupación de Interés Económico Global Economic Accounting (GEAccounting) para la Investigación y Desarrollo de la Contabilidad Social, por la que se convoca concurso de méritos para la adjudicación de ayudas destinadas al fomento de la investigación sobre temas relacionados con la Contabilidad Social,

La cuantía total de la convocatoria será de veinticinco mil euros (25.000 €.), pudiendo ser adjudicada a uno o varios proyectos, bien en su totalidad o de forma parcial; pudiendo dejar sin adjudicar parte de la financiación si no hubiera suficientes proyectos solicitantes o, si al entender del Comité de Evaluación, no reunieran la suficiente calidad o no estuvieran adecuadamente orientados al objetivo de la convocatoria de la investigación.

La convocatoria se regulará con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera.– Es objeto de la presente convocatoria la adjudicación de ayudas para la realización de trabajos de investigación sobre temas relacionados con la Contabilidad Social.

Segunda.– Los Grupos de Investigación adjudicatarios de las ayudas deberán realizar un trabajo de investigación práctica de Contabilidad Social.

Tercera.– Para concurrir a esta convocatoria será necesario disponer o conformar un Grupo de Investigación, con las siguientes características:

a) Tener la razón social en España, o estar vinculada formalmente con una universidad cuya sede esté ubicada en territorio español.

b) Poder demostrar una trayectoria en investigación relacionada con la Contabilidad Social.

c) Poder demostrar experiencia en investigación aplicada de Contabilidad Social a realidades empresariales, sociales o institucionales.

Cuarta.– Las obligaciones de los Grupos beneficiarios de estas ayudas serán las siguientes:

a) Presentar un proyecto de Investigación aplicada, desglosando: objetivos, tareas, plazos, entregables, y equipo de trabajo; identificando el investigador principal, que ostentará la representación del grupo en su relación con GEAccounting.

b) Justificar ante la entidad concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad que determina la concesión de la ayuda. Esto se realizará mediante el correspondiente informe justificativo, que deberá ser presentado por el IP propuesto.

c) La entrega del trabajo deberá presentarse en el plazo propuesto en la solicitud de la financiación. En caso de no presentación del trabajo, el adjudicatario perderá el derecho a la ayuda.

d) La presentación de los entregables intermedios comprometidos en el proyecto objeto de la adjudicación.

e) Comunicar a la entidad concedente la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos, o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes, tanto públicos como privados.

f) Comunicar a la entidad concedente la modificación de cualquier circunstancia, tanto objetiva como subjetiva, que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la ayuda.

Quinta.– El uso de la financiación queda abierto a la discrecionalidad del Grupo de Investigación, en todo caso, deberá ajustarse a la propuesta realizada en el proyecto.

En caso de no poder cumplir los plazos por circunstancias sobrevenidas, se podrá solicitar una prórroga a la Junta Directiva de GEAccounting, la cual, a tenor de las circunstancias, decidirá su concesión o no.

El importe de la financiación se abonará en dos pagos de la misma cantidad, el primero a la concesión de la ayuda y el segundo a la finalización del informe de investigación. En cualquier caso, el primer pago se hace en concepto de anticipo y no se consolida hasta la finalización de la totalidad del proyecto.

De forma alternativa, la ayuda podrá canalizarse también a través de la participación de GEAccounting, en calidad de empresa o institución social, en proyectos competitivos de investigación que tengan entre sus objetivos la aplicación y desarrollo de la Contabilidad Social.

Sexta.– La citada ayuda no supone relación contractual alguna entre GEAccounting y el Grupo adjudicatario de la ayuda.

Asimismo, será incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda o subvención con destino a la misma actividad, salvo si es para completar la cobertura de los gastos debidos a la realización del trabajo.

Séptima.– Las solicitudes para la concesión de estas ayudas deberán presentarse ante GEAccounting, mediante el envío de las mismas por correo a la siguiente dirección electrónica: geaccouning@geacounting.org

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Octava.– Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:

a) Curriculum del Grupo de Investigación con exposición de los méritos académicos y profesionales, así como de los trabajos y publicaciones científicas realizados. El Grupo deberá estar en disposición de demostrar los méritos alegados si fuera requerido a ello.

b) Una Memoria del Trabajo de investigación a realizar, con una extensión máxima de diez folios. Esta Memoria debe incluir, al menos, Objetivos de la investigación, Metodología de investigación, Cronograma y Estimación de las Necesidades de Financiación, y previsión de resultado y entregables.

Novena.– La valoración de los proyectos presentados se realizará atendiendo a la adecuación en su objeto, así como a las garantías de su correcta ejecución, en especial la actividad investigadora realizada previamente por Grupo de Investigación.

Caso de considerarse conveniente a fin de precisar en mejor forma la valoración de los méritos de los candidatos, así como de la adecuación del objeto de la investigación, podrá arbitrarse una entrevista con los candidatos, la cual podrá incluir una defensa del proyecto.

Décima.– La adjudicación de las ayudas deberá producirse en un plazo no superior a quince días naturales contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha adjudicación será comunicada por escrito a los adjudicatarios.

Undécima.– La decisión del Comité Evaluador designado por GEAccounting sobre la adjudicación de las ayudas tendrá carácter inapelable.

Duodécima. – La aceptación de la ayuda por los Grupos adjudicatarios implica la de las normas que se establecen en estas bases. El incumplimiento de dichas normas supondrá la pérdida de los derechos económicos correspondientes a la ayuda, y su devolución.

Decimotercera.– La falta de notificación expresa por escrito, en el plazo previsto en estas bases, sobre la concesión de las ayudas, tendrá carácter desestimatorio.

Bilbao, 11 de agosto de 2022.- Presidente, Jose Ignacio Larretxi.

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