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Documento BOE-B-2022-30420

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia la constitución de la federación empresarial denominada FEDERACION NACIONAL DE LA MOVILIDAD, en siglas MOVEA, con número de depósito 99106163.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 5 de octubre de 2022, páginas 46982 a 46982 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2022-30420

TEXTO

Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada federación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por D. Ricardo González Pérez mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2022/001782.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por D. Ricardo González Pérez en representación de la Asociación Profesional de la Movilidad de la Comunidad Valenciana, en siglas MOVEA CV; D. Eduardo Martin Gómez De Villalba en representación de la Asociación Profesional de la Movilidad de la Comunidad de Madrid, en siglas MOVEA CAM y D. Pablo García -Trespalacios Gómez en representación de la Asociación Empresarial VTC Andalucía, en siglas VTC ANDALUCÍA, todos ellos en calidad de promotores.

Se indica que el domicilio social de la organización es el establecido en el artículo 5 de sus estatutos, su ámbito funcional en el artículo 20 y su ámbito territorial es estatal.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 12 de septiembre de 2022, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.

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