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Documento BOE-B-2022-30509

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el depósito de la desvinculación de la organización sindical denominada "ALT GRUPO MARCH", con número de depósito 99005615 (antiguo número de depósito 9155), de la organización sindical denominada FEDERACIÓN FUERZA, INDEPENDENCIA Y EMPLEO, en siglas FINE, con número de depósito 99005557 (antiguo número de depósito 9056).

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 6 de octubre de 2022, páginas 47164 a 47164 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2022-30509

TEXTO

Ha sido admitida la desvinculación al comprobarse que reúnen los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de desvinculación fue formulada por D. José Carlos Forteza Bonnin mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2022/002121.

La Junta Directiva de la organización sindical "Alt Grupo March" en su sesión extraordinaria de fecha 14 de junio de 2022 acordó por unanimidad la desvinculación de la organización sindical " Federación Fuerza, Independencia y Empleo". El citado acuerdo tiene efectos a partir del 15 de junio de 2022 y fue comunicado a la "Federación Fuerza, Independencia y Empleo", mediante burofax fechado a 6 de julio de 2022. El acta que recoge el acuerdo adoptado está suscrita por D. José Blanes Linde en calidad de Vicepresidente, Dña. Elena Abadía Castaño en calidad de Tesorera, D. Jesús Toimil Benítez en calidad de Secretario y D. José Carlos Forteza Bonnin en calidad de Presidente.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 30 de septiembre de 2022.- La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre). El Subdirector General de Relaciones Laborales. Rafael Martínez de la Gándara.

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