Está Vd. en

Documento BOE-B-2022-31031

Resolución de la Delegación de Economía y Hacienda de Castelló/Castellón, por la que se convoca subasta pública con proposición económica en sobre cerrado para la enajenación de una serie de bienes inmuebles propiedad de la Administración General del Estado y se aprueba el correspondiente pliego de condiciones particulares de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 10 de octubre de 2022, páginas 47843 a 47850 (8 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-B-2022-31031

TEXTO

La Dirección General de Patrimonio del Estado acordó la iniciación del procedimiento de enajenación de determinados bienes inmuebles patrimoniales propiedad de la Administración General del Estado, al no resultar necesarios para el uso general ni para el servicio público, ni resultar conveniente su explotación.

En cumplimiento de los acuerdos de enajenación, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) y en su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto (RLPAP), así como en la Orden HAC 316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias, se va a celebrar subasta pública de los lotes que se describen mediante el procedimiento de presentación de ofertas en sobre cerrado el día 22 de noviembre de 2022 a las 10:00 horas, con sujeción a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. Descripción de los lotes objeto de la subasta y tipos de licitación y garantía.

A) Se celebrará primera subasta y, en su caso, segunda, tercera y cuarta subasta, si la inmediata anterior queda desierta, de los lotes siguientes:

Primera, segunda, tercera y cuarta subasta

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

avance

pol. parc.

catastro actual

pol. parc.

paraje/partida

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 1ª subasta (€)

tipo 2ª subasta (€)

tipo 3ª subasta (€)

tipo 4ª subasta (€)

garantía

1

12r-10.028y23.294

rústica

Alcalá de Xivert

12004a024003390000um

129

170

24

339

san miguel

4.814

4.806

480

456

433,2

411,54

24

2

12r-14.130

rústica

Alcalá de Xivert

12004a023004390000us

132

120

23

439

ombria

7.622

8.024

400

380

361

342,95

20

3

12r-14.135

rústica

Alcalá de Xivert

12004a029001830000uy

179

173

29

183

vall d'angel

3.660

3.389

510

484,5

460,28

437,27

25,5

4

12r-14.171

rústica

Alcalá de Xivert

12004a020001070000uq

139

133

20

107

castellnou

2.740

2.311

300

285

270,5

257,21

15

5

12r-19.980

rústica

Alcalá de Xivert

12004a026001600000ug

173

18

26

160

vall d' angel

950

1.674

170

161,5

153,43

145,76

8,5

6

12r-20.006

rústica

Alcalá de Xivert

12004a026000960000uq

168

2

26

96

vall d'angel

4.575

3.539

2.125

2.018,75

1.917,81

1.821,92

106,25

7

12r-20.068

rústica

Alcalá de Xivert

12004a021003360000ub

142

39

21

336

almedixer

7.573

7.018

630

598,5

568,58

540,15

35,5

8

12r-19.925

rústica

Alcalá de Xivert

12004a021003140000uf

142

156

21

314

almedixer

7.572

7.328

4.530

4.303,5

4.088,33

3.883,91

226,5

9

12r-23.589

rústica

Alcalá de Xivert

12004a027001950000ua

170

31

27

195

vall d'angel

1.830

2.067

415

394,25

374,54

355,81

20,75

10

12r-24.220

rústica

Alcalá de Xivert

12004a024003690000ut

121/126

595

24

369

romiguer

5.490

7.440

750

712,5

676,88

643,04

37,5

11

12r-17.439

rústica

Borriol

3252602yk4335s0001zh

1

9

16

28

-

891

413

475

451,25

428,69

407,26

23,75

12

12r-19.591

rústica

Castelló

12900a060000980000ur

242

67

60

98

almalafa

1.100

372

370

351,5

333,93

317,23

18,5

13

12r-18.114

rústica

Caudiel

12043a005013650000mo

17

188

5

1.365

bolage

2.000

3.018

450

427,5

406,13

385,82

22,5

14

12r-24.088

rústica

Cervera del maestre

12044a008000410000rd

56

223

8

41

perdigón

6.500

5.226

1.570

1.491,5

1.416,93

1.346,08

78,5

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

avance

pol. parc.

catastro actual

pol. parc.

paraje/partida

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 1ª subasta (€)

tipo 2ª subasta (€)

tipo 3ª subasta (€)

tipo 4ª subasta (€)

garantía

15

12r-21.121

rústica

Jérica

12071a030004200000ub

4

292

30

420

paso veinticinco

5.000

5.065

2.025

1.923,75

1.827,56

1.736,18

101,25

16

12r-13.156

rústica

Lucena

12072a006003440000ax

130

50

6

344

mas nou

39.169

38.580

3.765

3.576,75

3.397,91

3.228,01

188,25

17

12r-21.385

rústica

Montán

12078a0160002340000sf

17

265

16

234

alvira

20.000

8.347

1.250

1.187,5

1.128,13

1.071,72

62,5

18

12r-21.393

rústica

Montán

12078a008000910000sy

8

479

8

91

corrales g.

3.000

3.064

615

584,25

555,04

527,29

30,75

19

12r-12.328

rústica

Peñiscola

12089a002000650000zh

53

10

2

65

poach

1.500

2.777

3.080

2.926

2.779,7

2.640,71

154

20

12r-23.039

rústica

Les Useres

12122a013001380000zq

77

41

13

138

cagaferro

3.674

3.970

1.191

1.131,45

1.074,88

1.021,13

59,55

21

12r-13.653

rústica

Vall d' almonacid

12125a002001180000pi

10

125

2

118

zagalorca

10.000

10.123

2.015

1.914,25

1.818,54

1.727,61

100,75

22

12r-19.070 y 14.481

rústica

Vall d' Uixó (La)

12126a002000440000fl

57

243 y 249

2

44

la vall d' uixo

12.500

11.815

710

674,5

640,78

608,74

35,5

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

avance

pol. parc

situación

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 1ª subasta (€)

tipo 2ª subasta (€)

tipo 3ª subasta (€)

tipo 4ª subasta (€)

garantía

23

12r-19032

urbana

Vilafamés

5068149yk5456n0001or

41

44

polígono industrial II, nº226

3.700

4.784

47.830

45.438,50

43.166,58

41.008,25

2.391,5

Para participar en la subasta es indispensable la constitución de una garantía. La garantía para todos los lotes será:

- 5 % del tipo de licitación de la primera subasta, cualquiera que sea su convocatoria.

B) Se celebrará segunda subasta, y en su caso, tercera y cuarta subasta, si la inmediata anterior queda desierta de los lotes siguientes:

Segunda, tercera y cuarta subasta

lote

nº de inventario

tipo de finca

municipio

referencia catastral

avance

pol. parc.

catastro actual

pol. parc.

paraje/partida

superf. registro (m2 )

superf. catastral (m2 )

tipo 2ª subasta (€)

tipo 3ª subasta (€)

tipo 4ª subasta (€)

garantía

24

12r-19.966

rústica

Alcalá de Xivert

1200401900107000ui

138

116

19

107

castellnou

4.815

3.624

475

451,25

428,69

25

Para participar en la subasta es indispensable la constitución de una garantía. La garantía para todos los lotes será:

- 5 % del tipo de licitación de la primera subasta, cualquiera que sea su convocatoria. El tipo de licitación en la primera subasta del lote 30 es 500 euros.

SEGUNDA. Tipo de licitación y garantía.

El tipo de licitación y garantías de cada uno de los lotes objeto de la subasta, son los establecidos en la cláusula PRIMERA.

La garantía deberá constituirse en la Caja General de Depósitos o en alguna de sus sucursales de las Delegaciones de Economía y Hacienda, a favor del Tesoro público y a disposición de la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón, ya sea en efectivo o en alguna otra de las modalidades previstas en la legislación de Contratos del Sector Público, dentro del plazo de presentación de ofertas y de acuerdo con los requisitos y modelos establecidos.

TERCERA. Lugar, fecha y publicidad.

La subasta tendrá lugar en el salón de actos de Delegación de Economía y Hacienda de Castellón, sita en paseo Ribalta, n.º 12, el día 22 de noviembre de 2022, a las 10:00 horas.

La presente enajenación se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia, en los tablones de anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda en Castellón y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos donde radique cada uno de los inmuebles y en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es). En todos ellos, así como en la Sección de Patrimonio del Estado de la Delegación de Economía y Hacienda en Castellón, se podrá acceder a toda la información y consulta relativa a esta subasta.

CUARTA. Participación en la subasta.

La participación en la subasta se realizará únicamente mediante la presentación de ofertas en sobre cerrado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 del RLPAP, podrán tomar parte en la subasta todas aquellas personas que tengan capacidad de contratar, de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, en particular para el contrato de compraventa, siempre que no se esté incurso en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. En este mismo sentido el artículo 95.2 del RLPAP establece que no podrán adquirir las personas que hayan solicitado o estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, tal, así como las que incurriesen en los supuestos previstos en la normativa sobre incompatibilidades.

De conformidad con el artículo 137.6 de la LPAP, los participantes deberán constituir una garantía por cada uno de los lotes por lo que vaya a licitar, cuyo importe viene establecido en la cláusula PRIMERA, y en los términos dispuestos en la cláusula SEGUNDA.

La decisión sobre si se han cumplido los requisitos para concurrir, así como cualquier otra decisión relativa a la subasta será competencia exclusiva de la mesa constituida conforme a lo dispuesto en la cláusula SEXTA, a cuyas decisiones y criterios se somete expresa e irrevocablemente cualquier interesado por el simple hecho de acreditarse para licitar. La participación en la subasta supone el conocimiento y la aceptación de las condiciones del presente pliego, que se hará personalmente o a través de representante.

En el supuesto de que se esté actuando en nombre de otra persona se deberá manifestar a la mesa, acreditando la representación en cualquiera de las formas admitidas conforme a la legislación vigente.

Si el adjudicatario provisional no reuniese las condiciones expuestas en la presente cláusula perderá el depósito efectuado y no tendrá derecho a la adjudicación definitiva del inmueble.

QUINTA. Presentación de las ofertas.

a) Forma.

La documentación se presentará acompañada de una hoja con el nombre, apellidos o razón social del ofertante, según modelo del Anexo III. Dicha hoja, que será registrada en el Registro de Entrada de la Delegación de Economía y Hacienda en Castellón, irá acompañada de dos sobres cerrados, con el siguiente contenido:

El sobre A, que deberá reflejar en el anverso los datos del ofertante, contendrá la documentación administrativa e incluirá, en todo caso, lo siguiente:

- Documento que acredite la constitución de la garantía.

- Declaración responsable de no estar incurso en la prohibición contenida en la cláusula CUARTA, no incurriendo en ninguna situación de incompatibilidad según la normativa específica aplicable, según modelo Anexo II.

- Si el licitador fuera persona física podrá comparecer por sí mismo, o mediante representante, en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo aportar, en este último caso, el poder notarial de donde resulten las facultades representativas. Si comparece por sí mismo, aportará fotocopia compulsada del DNI o Pasaporte.

- Si el licitador fuera persona jurídica deberá presentar:

· Fotocopia compulsada del CIF.

· Escrituras de constitución o modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que sea de aplicación. Si no lo fuere, deberá aportarse la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que regula su actividad inscrito, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

· Fotocopia compulsada del DNI o Pasaporte del firmante de la oferta económica.

· Poder notarial del que resulten las facultades representativas del firmante de la proposición, excepto cuando dichas facultades se deduzcan de la escritura o escrituras mencionadas en el párrafo anterior. Dichas facultades de representación también podrán acreditarse mediante certificación expedida al efecto por el Registro Mercantil. Los poderes generales, sujetos a inscripción en el Registro Mercantil, se presentarán con la justificación del cumplimiento de este requisito.

El sobre B contendrá la proposición económica, con sujeción al modelo que como Anexo I se acompaña al presente Pliego. Este sobre se presentará cerrado e incluido dentro del sobre A. Cuando el ofertante decida participar en varios lotes y opte por enviar toda la documentación en un único sobre A, será obligatorio incluir un sobre B (proposición económica) para cada lote.

De acuerdo con el artículo 108.a) del RLPAP, podrá admitirse la presentación de la documentación citada por medios telemáticos, exigiéndose en todo caso un Certificado Electrónico que permita comprobar la identidad del solicitante y la autenticidad de los datos, con arreglo a las condiciones que se especifiquen.

La presentación de una oferta implica la aceptación del presente pliego de condiciones.

b) Lugar.

La documentación se presentará en el Registro General de la Delegación de Economía y Hacienda en Castellón, sita en paseo Ribalta, n.º 12, planta 3.ª, de dicha capital. En caso de presentarse dicha documentación en otro de los registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberá remitirse al correo electrónico: dehcastellonpatrimonio@igae.hacienda.gob.es, en la misma fecha de su presentación, copia de la hoja en que conste el sello del registro ante el que se ha presentado la documentación.

c) Plazo.

El plazo para la presentación de ofertas será de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la última publicación efectuada, en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín Oficial de la Provincia, del anuncio de celebración de la subasta. Terminado dicho plazo, el Registro General de la Delegación expedirá certificación relacionada de las proposiciones recibidas, o, en su caso, de la ausencia de licitadores, que será remitida al Secretario de la Mesa de la Subasta.

d) Admisión de ofertas.

Cada interesado podrá presentar una única oferta, que no podrá ser mejorada, con admisión simultánea de ofertas en sobre cerrado.

No se admitirán las ofertas presentadas en calidad de cesión a terceros, ni aquella que no reúnan los requisitos señalados en esta cláusula o que no se ajusten a los modelos descritos en los Anexos y que acompañan al presente Pliego de Condiciones.

SEXTA. Constitución de mesa.

La Mesa de licitación se constituirá en la fecha señalada en la cláusula TERCERA, que estará integrada por la Delegada de Economía y Hacienda P.S. o funcionario que legalmente le sustituya como presidente, un/a Abogado/a del Estado, y un/a Interventor/a que actuarán como vocales, y un funcionario de la Secretaría General de la referida Delegación, que actuará como secretario con voz y voto, de acuerdo con lo establecido en el art. 104 a) del RLPAP.

La Mesa, teniendo en cuenta el plazo y forma admitidos en este pliego, procederá a examinar la documentación administrativa recogida en el sobre A que cumpla los requisitos recogidos en la cláusula QUINTA del pliego, dando cuenta de su resultado en el posterior acto público de apertura de proposiciones, regulado en la cláusula siguiente.

SÉPTIMA. Apertura de ofertas.

La Mesa de Subasta antes señalada, en acto público, procederá a la apertura de las ofertas recibidas, contenidas en el sobre B presentado por cada licitador, y declarará mejor rematante al licitador que haya formulado la postura más elevada.

Si existiera un empate entre las mejores ofertas, se decidirá en el acto si estuvieran los licitadores presentes, abriéndose una puja al alza y adjudicándose provisionalmente el bien al que presentara una oferta económica más elevada.

Si alguno de los licitadores con oferta igualada no estuviera presente, la adjudicación recaerá sobre el que primero hubiera presentado su oferta, para lo cual se atenderá a la fecha y hora de entrada en alguno de los registros señalados en la convocatoria.

Del resultado de las actuaciones indicadas será levantada acta.

OCTAVA. Devolución de la garantía.

Después de terminada la subasta, se procederá a ordenar la cancelación y devolución de las garantías constituidas salvo al adjudicatario provisional y al segundo mejor postor de cada uno de los lotes. En el supuesto del segundo mejor postor a los efectos de contemplar una posible renuncia o no cumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario provisional.

Si se hubiera constituido un depósito en metálico en la sucursal de la Caja de Depósitos, se requerirá la previa cancelación del mismo y la posterior transferencia bancaria, por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a la cuenta que haya designado el interesado.

NOVENA. Adjudicación del bien.

La adjudicación definitiva del inmueble se acordará mediante Orden de la Ministra de Hacienda y Función Pública, que será suscrita por la autoridad que corresponda en virtud de la Orden HAC 316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias. A tal fin, deberá elevarse, en su caso, el acta de la subasta, la propuesta de adjudicación y el expediente de enajenación a la Subdirección General del Patrimonio del Estado.

DÉCIMA. Subasta desierta y adjudicación directa.

De conformidad con lo previsto en el artículo 137.4.d) de la LPAP, podrá solicitarse la adjudicación directa de los inmuebles cuya subasta haya resultado desierta. El plazo para solicitar la adquisición se extenderá desde la finalización del acto público de la subasta desierta hasta el día anterior a que se anuncie en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria de nueva subasta. De no convocarse nuevas subastas, dicho plazo se prolongará hasta un año después de la celebración de la última subasta desierta.

Las condiciones de la venta directa no podrán ser inferiores a las de la subasta desierta, y la adjudicación se realizará a favor de la primera oferta recibida a través del registro de entrada de la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón, siempre que vaya acompañada del justificante de la constitución de la garantía. Su presentación supone la aceptación las condiciones del presente pliego.

UNDÉCIMA. Pago del precio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98.1 del RLPAP, la orden ministerial de adjudicación se notificará al adjudicatario para que, en el plazo de un mes desde su recepción, complete el pago del precio del inmueble, previniéndole que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 del RLPAP, si renunciase a la adquisición o no atendiese a las obligaciones que le corresponden, perderá el depósito constituido en concepto de garantía, sin perjuicio de la indemnización de las eventuales pérdidas que se hubiesen originado.

En caso de renuncia o de falta de cumplimiento de sus obligaciones por el adjudicatario provisional podrá procederse, bien a la adjudicación a la segunda oferta más ventajosa, o bien a la declaración motivada de la subasta como desierta.

DUODÉCIMA. Formalización.

De conformidad con lo previsto en el artículo 113.2 de la LPAP, las enajenaciones de los inmuebles rústicos cuyo precio de venta sea inferior a 150.000 euros se formalizarán en documento administrativo, siendo dicho título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad. El adjudicatario, una vez firmado dicho documento administrativo, deberá de inscribirlo en el Registro de la Propiedad, así como solicitar el cambio de titular ante el Catastro.

En el caso de que no se trate de inmuebles rústicos o bien siéndolos el precio de venta haya superado el límite establecido en el párrafo anterior, las enajenaciones de los bienes inmuebles o derechos sobre los mismos se formalizarán en escritura pública. El adjudicatario una vez otorgada la misma deberá de inscribirla en el Registro de la Propiedad y proceder al cambio de titular ante el Catastro.

DECIMOTERCERA. Gastos e impuestos.

Todos los gastos que originen la venta, tales como notaría, registro, impuestos, incluso algún tipo de anuncio, correrán a cargo del adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98.2 del RLPAP.

Los bienes de naturaleza urbana estarán sujetos al impuesto sobre el valor añadido (IVA), al tipo vigente (21%, sobre el valor de adjudicación, cuyo importe incrementará el valor de adquisición).

DECIMOCUARTA. Cuerpo cierto.

Las fincas se subastan como cuerpo cierto, que se supone conocido por los licitadores, considerándose su superficie como meramente orientativa y sin que haya lugar a rescisión ni a rebaja alguna en el precio por razón de que resultara ser inferior su cabida a la que consta en el anuncio de la licitación y/o en el título.

En el supuesto de existencia de discrepancia entre los datos catastrales y registrales de un inmueble objeto de la presente subasta, atendiendo al principio de libertad de pactos dispuesto por el artículo 111 de la LPAP, el adjudicatario acepta que la inscripción de la venta se lleve a cabo con los datos que figuran inscritos en el Registro de la Propiedad, corriendo a cargo del mismo todos aquellos gastos que pudieran derivarse de la rectificación de los datos registrales que lleve a cabo al amparo de lo dispuesto en la legislación hipotecaria.

Una vez adjudicados los bienes no se admitirán reclamaciones sobre su estado o errores en la descripción de los mismos.

La participación en la subasta supone la aceptación de todas las cláusulas de este pliego de condiciones, así como el estado de las fincas, renunciando expresamente, conforme a lo dispuesto en los artículos 1475 y 1485 del Código Civil, al derecho de saneamiento por evicción y por vicios ocultos que pudiere formular por razón del estado de las mismas.

DECIMOQUINTA. Consulta del expediente.

Los interesados podrán examinar todos los antecedentes y documentos referentes a los bienes objeto de la subasta en la Sección de Patrimonio del Estado de la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón, paseo Ribalta, n.º 12 o bien en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (http://www.hacienda.gob.es).

DECIMOSEXTA. Régimen jurídico.

Cualquier incidencia no prevista en este pliego de condiciones será resuelta conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, en cuanto no sea contrario a la citada ley, y de forma supletoria por el Código Civil y demás legislación complementaria.

Trámites preceptivos: Informe de la Abogacía del Estado.

Castelló de la Plana, 3 de octubre de 2022.- La Delegada de Economía y Hacienda P.S. La Interventora Territorial, Pilar Larramendi Hernández.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid