De conformidad con lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de referencia, cuyas características principales se señalan a continuación:
a) Peticionario: E-Distribución Redes Digitales S.L. Unipersonal, con CIF B82846817 y domicilio en c/ Escudo del Carmen 31, CP.18009 de Granada.
b) Objeto de la Petición: Declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado REFORMA DE LA LÍNEA AÉREA DE MEDIA TENSIÓN SUBESTACIÓN DARRO-L/20 kV PARA MEJORA DE SEGURIDAD. TRAMO A ADECUAR ENTRE CD 56611 ET MOREDA Y DERV. VENTA MALENO, t. m. de Morelábor (Granada)
c) Emplazamiento: Término municipal de Morelábor (Granada)
d) Características: Se procederá a la reforma de la línea SUBESTACION DARRO-L/ 20 KV MIRADOR, concretamente el tramo entre los apoyos A648084 y A624966, para conseguir una mayor distancia de seguridad respecto a la línea de ferrocarril Linares-Almería. Para ello se proyectan las siguientes actuaciones:
Desmontaje de 1.160,38 m de circuito con conductor LA-56 (47-AL1/8-ST1A).
Desmontaje de 13 apoyos existentes.
Instalación de 7 nuevos apoyos tipo Celosía metálica galvanizada RU, montaje en simple circuito con separación de fases 2,40 m (montaje a tresbolillo), crucetas atirantadas de 1,50 m. de longitud y aisladores poliméricos de L›1m. con puesta a tierra de los apoyos.
Instalación de 1.079,33 m de tendido de circuito con conductor LA-56 (47-AL1/8- ST1A).
Adopción de medidas antielectrocución para protección de Avifauna en el tramo proyectado:
• Horizontal: Aisladores poliméricos de L › 1m,
• Vertical: Aisladores poliméricos de L › 0,75m,
• Dispositivos de maniobra: Forrado de puentes flojos.
e) Finalidad: Adecuar el tramo de L.A.M.T. existente para conseguir una mayor distancia de seguridad con la línea de ferrocarril Linares-Almería consiguiendo una mejora de la seguridad y calidad del suministro eléctrico en la zona. La línea discurre actualmente paralela a la vía, a pocos metros de la misma. Con este proyecto se alejaría la línea eléctrica de la vía de ferrocarril a más de 50 m en paralelo.
La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
A estos efectos, en el anexo adjunto, se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus propietarios.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación forzosa.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde podrá accederse a la documentación presentada para su examen. Dicha documentación estará disponible en el enlace de acceso público que se cita a continuación: http://juntadeANDALUCÍA.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Asimismo, el acceso presencial al expediente podrá solicitarse únicamente por aquellos sujetos que no están obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, en el mismo plazo de treinta días indicado, en las dependencias del Servicio de Energía de esta Delegación Territorial, sito en la Avenida Joaquina Eguaras número 2, planta 5ª, de Granada. Para ello, será necesario cita, que podrá obtenerse contactando en el teléfono 955041111 o a través de la dirección de correo electrónico: buzonweb.sac.cteicu@juntadeandalucia.es. No obstante, los planos parcelarios afectados por el proyecto podrán ser igualmente consultados en el Ayuntamiento correspondiente.
La presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO "DE REFORMA DE LAMT SUBESTACIÓN DARRO – L/ 20 KV MIRADOR PARA MEJORA DE SEGURIDAD. TRAMO A ADECUAR ENTRE CD 56611 ET MOREDA Y DERIV. VENTA MALENO SITA EN POLIGONO 11, LLANOS, MORELÁBOR (GRANADA). Expte. Núm. E- 5642
PLA S/P |
Titular Catastral |
DATOS CATASTRALES DE LA FINCA |
AFECCIÓN |
||||||||||
VUELO |
APOYO |
OCUPACIÓN |
|||||||||||
Término Municipal |
Nº políg. s/catast. |
Nº parcela s/catast. |
Paraje |
Cultivo |
Longitud zona serv. (m) |
Sup. zona afección(m²) |
Sup. zona seguridserv. (m²) |
Apoyo nº |
Apoy. Sup. (m²) |
Ocup. Temp. (m²) |
Tiempo Ocup. Temp (días) |
||
1 |
ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS |
MORELÁBOR |
11 |
9300 |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
LÍNEA FÉRREA LINARES-ALMERIA |
93,86 |
1.161,43 |
932,61 |
||||
2 |
ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS |
MORELÁBOR |
11 |
2729809VG7422H |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
BO ESTACIÓNDE MOREDA |
0,00 |
5,10 |
49,65 |
||||
3 |
ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS |
MORELÁBOR |
11 |
2626801VG7422F |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
BO ESTACIÓNDE MOREDA |
31,17 |
352,34 |
248,49 |
||||
4 |
VIEDMA RAMA FRANCISCO DEL MORAL MADRID M. ISABEL |
MORELÁBOR |
11 |
167 |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
OLIVOS SECANO |
254,29 |
2.330,90 |
2.390,86 |
1 Y 2 |
6,00 |
200 |
15 |
5 |
CARRILLO GARCIA JULIO |
MORELÁBOR |
11 |
166 |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
LABRADIO SECANO |
0,00 |
58,46 |
166,30 |
||||
6 |
AYUNTAMIENTO DE MORELABOR |
MORELÁBOR |
11 |
9001 |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
CAMINO MOREDA HUELAGO |
5,30 |
28,97 |
55,69 |
||||
7 |
MARTINEZ SALAS ROSENDO |
MORELÁBOR |
11 |
24 |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
LABRADIO SECANO |
147,01 |
1.634,08 |
1.475,98 |
3 |
3,00 |
100 |
15 |
8 |
VICO MOLERO ANGUSTIAS |
MORELÁBOR |
11 |
28 |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
LABRADIO SECANO |
219,20 |
2.607,39 |
2.210,32 |
4 Y 5 |
6,00 |
200 |
15 |
9 |
SANCHEZ RAMA MARIANO LÓPEZ HERNANDEZ M. ANGELES |
MORELÁBOR |
11 |
29 |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
ALMENDRO SECANO |
81,10 |
1.020,69 |
859,50 |
||||
10 |
RUIZ SANCHEZ MARIA |
MORELÁBOR |
11 |
30 |
LLANO DE LAS CAZUELAS |
LABRADIO SECANO |
112,89 |
922,03 |
1.053,01 |
6 |
3,00 |
100 |
15 |
11 |
SANCHEZ RAMA MARIANO LÓPEZ HERNANDEZ M. ANGELES |
MORELÁBOR |
11 |
31 |
Llano de las Cazuelas |
ALMENDROS |
50,79 |
771,33 |
492,22 |
||||
12 |
JIMENEZ AVILÉS JOSE MANUEL |
MORELÁBOR |
11 |
32 |
Llano de las Cazuelas |
LABRADIO SECANO |
30,16 |
281,66 |
300,96 |
||||
13 |
SÁNCHEZ MOLERO ANTONIO |
MORELÁBOR |
11 |
33 |
Llano de las Cazuelas |
ALMENDRO SECANO |
94,06 |
771,43 |
866,99 |
7 |
100 |
15 |
|
14 |
MONTALVO MARTIN PATROCINIO MATILDE |
MORELÁBOR |
11 |
41 |
Llano de las Cazuelas |
LABRADIO SECANO |
1,18 |
12,19 |
104,46 |
||||
15 |
SALAS PÉREZ JOSÉ |
MORELÁBOR |
11 |
37 |
Llano de las Cazuelas |
ALMENDRO SECANO |
0,00 |
0,31 |
5,89 |
Granada, 11 de octubre de 2022.- Delegado Territorial, Gumersindo Fernández Casas.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid