BDNS(Identif.):654533
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/654533)
Primero. Beneficiarios:
Empresas que, siendo beneficiarias de las compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías, con origen o destino a las Illes Balears de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de fecha 26 de mayo de 2022, resulten afectadas por la aplicación de la normativa europea de ayudas de minimis de la convocatoria 2022, siempre y cuando cumplan el resto de condicionados que se establecen en dicha Resolución, en el Marco Nacional Temporal y la presente convocatoria.
Segundo. Finalidad:
Que las empresas afectadas en la convocatoria ordinaria del ejercicio 2022 por el reseñado umbral de ayudas de minimis puedan recibir una compensación más adecuada a sus gastos reales realizados por el hecho insular.
Tercero. Bases reguladoras:
Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio, modificado por el Real Decreto 101/2002, de 25 de enero, actualizado por el Real Decreto 232/2020, de 4 de febrero, resultando la última modificación la relativa al Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto.
Así mismo, la presente convocatoria se regula mediante la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana fecha 26 de mayo de 2022, el Marco Nacional Temporal y el Marco Temporal Europeo Ucrania y las restantes normas de desarrollo que procedan.
Cuarto. Importe:
El importe será el que corresponda al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 17.20.441P.47802 del presupuesto de Gastos de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana previsto en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Las ayudas otorgadas en virtud de esta convocatoria y de acuerdo con el Marco Nacional Temporal Ucrania, si bien pueden acumularse con otras ayudas concedidas, no pueden dar lugar a una compensación excesiva del perjuicio sufrido por el beneficiario en el coste del transporte de mercancías por la invasión rusa de Ucrania.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Sexto. Solicitudes:
Las solicitudes para la obtención de las ayudas se ajustarán al formato y contenido especificado en la convocatoria y deberán cumplimentarse y presentarse en el Registro Electrónico General de la Administración General Del Estado, AGE, accesible desde el Punto de Acceso General: http://administracion.gob.es/ o directamente en el enlace: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, dirigidas a la Delegación del Gobierno en Illes Balears
Madrid, 18 de octubre de 2022.- La Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. P.D La Secretaria General de Transportes y Movilidad (OM TMA/1007/2021 modificada por la OM TMA/221/2022), Dª. María José Rallo del Olmo.
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