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Documento BOE-B-2022-34820

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente el proyecto de trazado: "Mejora de la capacidad del enlace entre las autovías M-50 y M-509" y se ordena la incoación del expediente de información pública a los efectos de lo previsto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, del artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y de los artículos 11 y 13 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias. Clave: 15-M-14340.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2022, páginas 53568 a 53571 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2022-34820

TEXTO

El Director General de Carreteras ha resuelto el día 7 de septiembre de 2022, en uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre:

1. Aprobar provisionalmente el proyecto de trazado "Mejora de la capacidad del enlace entre las autovías M-50 y M-509", redactado con fecha de mayo de 2022, con las siguientes prescripciones a cumplimentar en el proyecto de construcción:

a. Se deberán tener en cuenta las indicaciones de la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre medidas específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.

b. Se deberá proseguir la tramitación de los proyectos de reposición de servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los proyectos de obras" de 7 de marzo de 1994.

c. Se deberá recabar informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo en el que se validen los criterios empleados, así como tener en cuenta las observaciones que ésta formule.

2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, por lo que el presente trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.

3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, se proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto establece la Orden Circular 22/07 sobre Instrucciones complementarias para tramitación de Proyectos, así como:

- El artículo 12.6 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre. Las alegaciones solamente se podrán tener en consideración si versan sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera, sobre la concepción global de su trazado y sobre la reordenación de accesos que se deriva de la actuación.

- Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.

La aprobación definitiva del proyecto trazado, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.

El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.

4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid:

a. Lleve a cabo los trámites necesarios para que el contenido íntegro de la presente resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado", en el Boletín Oficial de la provincia de Madrid y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos de los términos municipales afectados para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).

b. Remita un ejemplar del proyecto de trazado a las corporaciones locales afectadas, para su exposición al público, en cumplimiento del artículo 34.7 del Reglamento general de carreteras.

c. Señale el lugar de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

d. Solicite informe sobre el Proyecto de Trazado a los departamentos ministeriales, comunidad autónoma y entidades locales que pudieran ser afectados, en cumplimiento de los artículos 8 y 16 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.

En virtud de dicha Resolución y de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y con los artículos 32, 33 y 34 del Reglamento General de Carreteras aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE nº 228, de 23 de septiembre), se somete el mismo a Información Pública por un período de treinta días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias (Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en un diario de gran circulación en dicha comunidad). Asimismo, se publicará en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Majadahonda y Las Rozas de Madrid.

Durante el plazo indicado el Proyecto de Trazado y copia de la citada aprobación provisional estarán expuestos al público en la sede de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, 11, 28027 Madrid) y en el Ayuntamiento de Madrid. así como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y agenda Urbana https https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/participacion-publica, en el apartado Proyectos no Normativos, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones y /u observaciones que consideren oportunas.

Durante el señalado plazo de treinta días hábiles, y conforme a lo dispuesto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa sobre la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos así como a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento sobre el acuerdo de declaración de urgente ocupación, podrán presentarse las alegaciones que se estimen pertinentes en relación con el proyecto de trazado, para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. En este caso se indicarán los motivos por los que se deba considerar preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en dicha relación, como más convenientes al fin que se persigue, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

A continuación, se incluye la relación de bienes y derechos afectados en los términos municipales de Majadahonda y Las Rozas de Madrid:

TÉRMINO MUNICIPAL DE MAJADAHONDA

FINCA Nº

REFERENCIA CATASTRAL

TITULAR

CLASIFICACIÓN URBANÍSTICA

SUPERFICIE TOTAL CATASTRAL (m2)

SUPERFICIE A EXPROPIAR (m2)

IMPOSICIÓN DE SERVIDUMBRE (m2)

OCUPACIÓN TEMPORAL (m2)

TOTAL (m2)

28.0800-0001

28080A003002240000LI

MONTALLON, S.L.;(33,34%)

RURAL

15661

1574

0

1140

2714

28.0800-0002

28080A003004260000LA

HEREDEROS DE TALLON BUSTILLO ANGELES

RURAL

13634

484

0

0

484

28.0800-0003

28080A003004250000LW

MONTALLON, S.L(66,66%).; HEREDEROS DE TALLON BUSTILLO CIPRIANA(33,34%)

RURAL

21651

4064

0

0

4064

28.0800-0004

28080A003002310000LZ

PROLAVIMA SL

RURAL

23251

9

0

10193

10202

28.0800-0005

28080A003090030000LW

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

DOMINIO PÚBLICO

13645

813

0

427

1240

28.0800-0006

28080A003090020000LH

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL TAJO

DOMINIO PÚBLICO

274

232

0

0

232

28.0800-0007

28080A003002320000LU

HEREDEROS DE TALLON BUSTILLO AURELIO

RURAL

79

74

0

0

74

28.0800-0008

28080A003002330000LH

PULGAR LABRANDERO CARMEN

RURAL

3485

511

0

0

511

28.0800-0009

28080A013000180000LO

HEREDEROS DE PULGAR LABRANDERO CARMEN

RURAL

61

35

0

0

35

28.0800-0010

28080A013000070000LY

ORIENTE GESTION SL(33,34%); NEGINTELA SL (33,33%); LABRANTERRA SL (33,33%)

RURAL

573

181

0

0

181

28.0800-0011

28080A013100050000LM

GALA SANZ VISITACION

RURAL

9261

135

0

0

135

28.0800-0014

28080A013000570000LX

PEREZ CAMINO ANTONIO

RURAL

19448

25

0

0

25

28.0800-0015

28080A013090080000LF

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

DOMINIO PÚBLICO

3020

65

0

0

65

28.0800-0016

28080A014002470000LT

TALLON BENITO JOSE LUIS(33,33%); PAYA TALLON JAVIER(33,33%); TALLON MONTERO JUAN(33,33%)

RURAL

5111

574

0

0

574

28.0800-0018

28080A014101920000LU

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

302

10

0

0

10

28.0800-0019

28080A012001370000LM

HERNANDEZ MONTERO LUIS(33,33%); HERNANDEZ MONTERO ANGEL(33,34%); HERNANDEZ MONTERO PEDRO(33,33%)

RURAL

2585

1156

0

0

1156

28.0800-0020

28080A014090070000LB

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

DOMINIO PÚBLICO

1473

7

0

0

7

28.0800-0022

28080A012100630000LM

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

430

84

0

0

84

28.0800-0023

28080A012001050000LM

LABRANDERO SANZ ISABEL(33,33%); LABRANDERO SANZ JOSE LUIS(33,33%); LABRANDERO SANZ MARIA BLANCA(33,33%)

RURAL

2844

15

0

0

15

28.0800-0024

28080A012000640000LB

HERNANDEZ MONTERO LUIS(33,33%); HERNANDEZ MONTERO ANGEL(33,34%); HERNANDEZ MONTERO PEDRO(33,33%)

RURAL

8239

225

0

0

225

28.0800-0025

28080A012100640000LO

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

1902

378

0

0

378

28.0800-0026

28080A012001060000LO

LABRANDERO SANZ ISABEL(33,33%); LABRANDERO SANZ JOSE LUIS(33,33%); LABRANDERO SANZ MARIA BLANCA(33,33%)

RURAL

1334

18

0

0

18

28.0800-0027

28080A012101040000LE

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

715

30

0

0

30

28.0800-0028

28080A012000840000LI

GRUPO LLESANZ SL

RURAL

13348

702

0

0

702

28.0800-0029

28080A012000850000LJ

LABRANDERO SANZ ISABEL(33,33%); LABRANDERO SANZ JOSE LUIS(33,33%); LABRANDERO SANZ MARIA BLANCA(33,33%)

RURAL

7826

649

0

0

649

28.0800-0030

28080A012001360000LF

LABRANDERO SANZ ISABEL(33,33%); LABRANDERO SANZ JOSE LUIS(33,33%); LABRANDERO SANZ MARIA BLANCA(33,33%)

RURAL

2001

1138

0

0

1138

28.0800-0031

28080A012000340000LG

ALVAREZ BUSTILLO LAURA

RURAL

11778

108

0

0

108

28.0800-0032

28080A011090040000LJ

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

DOMINIO PÚBLICO

3454

9

0

0

9

28.0800-0033

28080A011000830000LU

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

538

381

0

0

381

28.0800-0034

28080A011000460000LS

ALVAREZ BUSTILLO LAURA

RURAL

1118

87

0

0

87

28.0800-0035

28080A011000840000LH

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

4

4

0

0

4

28.0800-0036

28080A011000450000LE

HEREDEROS DE LABRANDERO MILLAN ANGEL

RURAL

3766

75

0

0

75

28.0800-0037

28080A011090050000LE

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

DOMINIO PÚBLICO

2610

30

0

0

30

28.0800-0038

28080A011000790000LZ

FINCAS DE BOADILLA SA

RURAL

4290

242

0

0

242

28.0800-0039

28080A011000850000LW

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

227

227

0

0

227

28.0800-0040

28080A011000860000LA

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

1330

418

0

0

418

28.0800-0042

28080A011000880000LY

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

6

6

0

0

6

28.0800-0043

28080A011000670000LO

TALLON BENITO JOSE LUIS(33,33%); HEREDEROS DE TALLON MONTERO JOSE LUIS(67,67%)

RURAL

6939

10

0

0

10

28.0800-0044

28080A011000890000LG

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

40

36

0

0

36

28.0800-0045

28080A011000600000LG

FINCAS DE BOADILLA SA

RURAL

4773

10

0

0

10

28.0800-0046

28080A011000620000LP

PEINADO MORENO ALBERTO(2,08%); BLANCO GOMEZ MARIA DEL PILAR(12,50%); BLANCO GOMEZ MARIA TERESA(12,50%);GOMEZ PULGAR VICENTA(25%); PEINADO BERNABE ELENA(2,09%);PEINADO BERNABE ALEJANDRA(2,08%);HEREDEROS DE GOMEZ PULGAR ELADIO(25%);BERNABE GOMEZ ANTONIO(6,25%); BERNABE GOMEZ JULIO(6,25%);BERNABE GOMEZ ROSA MARIA(6,25%);PEINADO BERNABE ALEJANDRA(1,04%);PEINADO BERNABE ELENA(1,04%)

RURAL

489

364

0

0

364

28.0800-0047

28080A011000630000LL

LABRANDERO SANZ ISABEL(33,33%); LABRANDERO SANZ JOSE LUIS(33,33%); LABRANDERO SANZ MARIA BLANCA(33,33%)

RURAL

6636

178

0

0

178

28.0800-0048

28080A011000900000LB

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

509

503

0

0

503

28.0800-0049

28080A011100630000LI

LABRANDERO SANZ ISABEL(33,33%); LABRANDERO SANZ JOSE LUIS(33,33%); LABRANDERO SANZ MARIA BLANCA(33,33%)

RURAL

1486

358

0

0

358

28.0800-0050

28080A011000130000LE

HEREDEROS DE SANZ MILLAN CONCEPCION

RURAL

5751

304

0

0

304

28.0800-0051

28080A010000040000LE

SANZ MILLAN MARIA DEL CARMEN

RURAL

25961

636

0

0

636

28.0800-0052

28080A010090080000LG

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

DOMINIO PÚBLICO

1277

22

0

0

22

28.0800-0053

28080A010001650000LE

ORIENTE GESTION SL(33,33%); NEGINTELA SL(33,33%); LABRANTERRA SL(33,33%)

RURAL

5453

725

0

0

725

28.0800-0054

28080A013000210000LO

SANZ LABRANDERO JULIO

RURAL

3476

68

0

0

68

28.0800-0055

28080A013000230000LR

LABRANDERO GREGORIO PEDRO

RURAL

3963

255

0

0

255

28.0800-0056

28080A013000640000LS

GALA SANZ PETRA HEREDEROS DE

RURAL

6236

762

0

0

762

28.0800-0057

28080A013000810000LL

GALA SANZ JESUS HEREDEROS DE

RURAL

403

276

0

0

276

28.0800-0058

28080A013001090000LT

LABRANDERO MILLAN ANGEL HEREDEROS DE; SANZ MILLAN MARINA; SANZ MILLAN MARIA DEL CARMEN; SANZ MILLAN ARTURO; SANZ MILLAN MARIA ISABEL; SANZ CALVO CARLOS; SANZ CALVO CRISTINA; VELASCO SANZ ARTURO C; VELASCO SANZ LUIS ANTONIO; VELASCO SANZ SUSANA VELASCO SANZ ELENA; VELASCO SANZ ALVARO

RURAL

3922

63

0

0

63

28.0800-0059

28080A013001230000LI

SANZ MILLAN HELIODORO HEREDEROS DE

RURAL

7951

231

9

9

249

28.0800-0060

28080A013001240000LJ

TALLON BENITO JOSE LUIS; TALLON MONTERO JOSE LUIS HEREDEROS DE

RURAL

5639

220

0

0

220

28.0800-0062

28080A014002420000LY

CANAL DE ISABEL II COMUNIDAD DE MADRID

RURAL

74609

7

0

0

7

28.0800-0063

28080A013000200000LM

SANZ MILLAN HELIODORO HEREDEROS DE

RURAL

6211

11

0

0

11

TÉRMINO MUNICIPAL DE LAS ROZAS DE MADRID

FINCA Nº

REFERENCIA CATASTRAL

TITULAR

CLASIFICACIÓN URBANÍSTICA

SUPERFICIE TOTAL CATASTRAL (m2)

SUPERFICIE A EXPROPIAR (m2)

IMPOSICIÓN DE SERVIDUMBRE (m2)

OCUPACIÓN TEMPORAL (m2)

TOTAL (m2)

28.1277-0001

28127A002001860000YJ

GMP PROPERTY SOCIMI SA

RURAL

11768

573

2433

2433

5439

28.1277-0002

28127A002001900000YE

HEREDEROS DE BRAVO RIAZA ANTONIA

RURAL

38141

1362

1984

1984

5330

28.1277-0003

28127A002001850000YI

P.C. JUFEMA SL

RURAL

39789

83

819

819

1721

28.1277-0004

28127A002001250000YZ

EDIFICACIONES TIFAN SL(50%); SANEDI SA(50%)

RURAL

2388

1539

328

328

2195

28.1277-0005

28127A002001260000YU

VELASCO BRAVO CONCEPCION

RURAL

19682

2365

3996

3996

10357

28.1277-0006

28127A002011270000YZ

GARCIA BRAVO CARMEN

RURAL

2919

0

108

108

216

28.1277-0007

28127A002090060000YF

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

DOMINIO PÚBLICO

1228

98

120

120

338

28.1277-0008

28127A002001270000YH

GARCIA BRAVO CARMEN

RURAL

4155

1441

1184

1184

3809

28.1277-0009

28127A002001540000YJ

HEREDEROS DELAZARO SANCHEZ TIMOTEO

RURAL

14443

549

1309

1309

3167

28.1277-0010

28127A002001520000YX

ABARCA CARMELLINO MARIA CARMEN

RURAL

101958

3786

1043

14447

19276

28.1277-0011

28127A002001310000YW

VELASCO BRAVO JENARO

RURAL

2126

635

0

0

635

28.1277-0012

28127A002001320000YA

HEREDEROS DE BRAVO LOPEZ AMBROSIA

RURAL

1936

808

0

0

808

28.1277-0013

4050101VK2845S0001AT

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

URBANIZADO

6517

9

0

0

9

28.1277-0014

4050103VK2845S0001YT

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

URBANIZADO

9640

195

0

0

195

28.1277-0015

4142301VK2844S0001OA

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

URBANIZADO

8811

642

0

0

642

28.1277-0016

S/N

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

URBANIZADO

-

21

0

0

21

Madrid, 3 de noviembre de 2022.- La Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, Gloria Ramos Palop.

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid