Ha sido admitido el depósito de la disolución de la mencionada confederación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. José Manuel Torres Martínez mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2022/002401.
La Asamblea General Extraordinaria celebrada el 25 de mayo de 2022 adoptó por unanimidad el acuerdo de disolver la confederación, y como consecuencia, ésta pierde su personalidad jurídica.
El acta aparece suscrita por Fernando José Martín Hernández en calidad de Secretario General, Dña. María Inmaculada Alonso Parra en calidad de Tesorera y D. José Valentín Sambricio Francos en calidad de Presidente y resto de asistentes.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 11 de noviembre de 2022, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.
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