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Documento BOE-B-2022-37422

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental por el que se publica la Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, aprobatoria del Expediente de Información Pública Y Oficial, y definitivamente el Proyecto de Trazado "Mejora de Capacidad Y Funcionalidad de La Autovía de Castilla (A-62). Tramo: Cigales – Simancas. Desde El P.K. 118+100 Al 140+500". Provincia de Valladolid. CLAVE T4-VA-4180.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2022, páginas 57422 a 57426 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2022-37422

TEXTO

El Secretario General de Infraestructuras por delegación de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Orden TMA/1007/2021 de 9 de septiembre, modificada por Orden TMA/221/2022, con fecha 18 de noviembre de 2022 ha resuelto lo siguiente:

1. Aprobar el expediente de información pública y oficial y aprobar definitivamente el Proyecto de Trazado "Mejora de capacidad y funcionalidad de la Autovía de Castilla (A-62). Tramo: Cigales – Simancas. Desde el P.K. 118+100 al 140+500" de clave T4-VA-4180, redactado con fecha abril de 2019, seleccionando como alternativa a desarrollar la denominada "Alternativa 2" con las modificaciones recogidas en la documentación adicional del Estudio de Impacto Ambiental de fecha octubre de 2021 como resultado de la tramitación llevada a cabo.

2. Ordenar que durante la redacción del Proyecto de Construcción que desarrolle la "Alternativa 2" seleccionada se cumplimenten las siguientes prescripciones:

2.1. Las establecidas en el condicionado de la Resolución de 13 de mayo de 2022 (B.O.E. de 23 de mayo de 2022) de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto «Mejora de capacidad y funcionalidad de la Autovía de Castilla (A-62), tramo Cigales-Simancas, desde el P.K. 118+100 al 140+500 (Valladolid)».

2.2. Se proseguirá la coordinación mantenida con la Confederación Hidrográfica del Duero en relación con los criterios de diseño del sistema de drenaje y a las medidas preventivas y correctoras establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental para la minimización de la afección al medio hídrico, así como para la protección de los bienes adscritos a dicho organismo de cuenca.

2.3. En atención a las alegaciones efectuadas para mejorar la integración de la actuación en la Autovía A-62 a su paso por la Villa de Simancas:

· Se detallará la solución que modifica la propuesta del falso túnel y cubrimiento del Enlace de Simancas y del itinerario peatonal, conforme a las mejoras propuestas para la "Alternativa 2" en la Documentación Adicional del Estudio de Impacto Ambiental.

· Se proyectará un itinerario peatonal a la altura de la calle Robladillo hacia el colegio, integrada y compatible con el enlace y con el conjunto urbano, de modo que se asegure la viabilidad del cruce peatonal entre ambas márgenes de la autovía en condiciones de seguridad.

· Para mantener la continuidad del Camino de Santiago (Camino de Madrid) a su paso por Simancas se definirá el itinerario a seguir con las medidas de señalización necesarias para garantizar la orientación y seguridad de los peregrinos, tanto durante la fase de obras como en su recorrido definitivo.

· Se incluirá en el proyecto la solución para reducir la ocupación del desmonte de entrada del cubrimiento de Simancas a la altura del P.K. 135+100 (margen derecha), al objeto de evitar la afección a los elementos de la traída de aguas histórica y del Camino Coronilla (Camino de Madrid). A tal efecto, el diseño de los muros que resulten necesarios en este punto preverá la integración visual y paisajística de los paramentos de modo continuo y coherente con la solución adoptada para la cobertura de Simancas.

· Se definirán los desvíos e itinerarios provisionales que garanticen la accesibilidad al Conjunto Histórico de Simancas durante la ejecución de las obras.

· Se proyectarán las medidas necesarias para el adecuado drenaje superficial y subterráneo de la explanación en la zona de falso túnel en Simancas.

2.4. Se tendrán en cuenta las mejoras propuestas para favorecer la permeabilidad para la fauna definidas en el Estudio de Impacto Ambiental, incluyendo medidas de acondicionamiento de las obras de drenaje transversal y de los pasos superiores e inferiores para que puedan servir como pasos de fauna. A tal efecto, se atenderán las "Prescripciones Técnicas para el Diseño de Pasos de Fauna y Vallados Perimetrales" y se incorporarán las siguientes medidas adicionales:

· Se proyectará un nuevo paso superior multifuncional acondicionado para el paso de fauna en el entorno del P.K. 136+980 aproximadamente.

· Se acondicionará como paso superior multifuncional camino+fauna el paso superior del P.K. 119+800.

· Como consecuencia de la disposición de los pasos de fauna indicados en los puntos anteriores, se proyectará la obra de drenaje (ODE‑18) del P.K. 129+984 atendiendo únicamente a criterios hidráulicos.

· Se estudiará y definirá la ubicación más adecuada para la disposición de los vallados perimetrales, rampas de escape y pasos canadienses.

2.5. Se definirán las medidas de restauración y revegetación de los préstamos propuestos, teniendo en cuenta las consideraciones formuladas en su informe por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en Valladolid.

2.6. Se detallará la solución para delimitar y señalizar el paso de la vía pecuaria "Cañada Real Leonesa Occidental. Ramal Torrelobatón - Puente Duero" sobre la losa de cubrimiento de la Autovía A-62 en Simancas.

2.7. Se proseguirá la coordinación mantenida con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en Valladolid para la reposición de las vías pecuarias afectadas.

2.8. Se proyectará una nueva glorieta en el entorno del P.K. 1+300 del Eje 98, que facilite el acceso a la autovía al tráfico procedente de la carretera de Cigüeñuela sin necesidad de llegar a la glorieta situada frente al hotel La Vega.

2.9. Se eliminará la conversión en vía de servicio (Eje 104) de la calzada existente en la margen izquierda de la autovía comprendida entre la estación de servicio (P.K. 133) y la confluencia de la calle Cárcava y calle Presentación de Arroyo de la Encomienda. Se mantendrá la glorieta prevista a la salida de la estación de servicio, de modo que permita el cambio de sentido y la conexión de la vía de servicio bidireccional (Eje 115) con el Enlace Simancas Norte CL‑600.

2.10. Se proyectará una conexión entre la Calle Jacinto Benavente y la glorieta norte del Enlace de Arroyo de la Encomienda. A tal fin se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

· Se definirá el diámetro y la sección transversal de la calzada anular en correspondencia con el número de carriles de los ramales y viales a los que da acceso.

· Se verificará que no se empeoren los niveles de servicio previstos para el Enlace de Arroyo de Encomienda.

· Se tendrán en cuenta las recomendaciones sobre glorietas contempladas en la Norma 3.1-IC Trazado.

2.11. Se proyectará una glorieta de acceso a la urbanización Panorama en el P.K. 0+430 de la vía de servicio (Eje 137), en la margen derecha de la autovía entre el Enlace de Panorama y el Enlace de Geria, verificando en todo caso que la geometría de la misma resulte compatible con los radios de giro del vehículo patrón característico.

2.12. Se definirá una pantalla acústica en el nuevo ramal de conexión de la Autovía A‑62 con la VA-30 a la altura del nuevo Instituto de Enseñanza Secundaria situado en la Avenida de la Aranzana de Arroyo de la Encomienda.

2.13. Se confirmará la compatibilidad de lo proyectado para los ramales del Enlace de la VA‑30 con las previsiones del Estudio Informativo EI.4-VA-13 "VA-30 Ronda Exterior Oeste de Valladolid", aprobado definitivamente con fecha 11 de diciembre de 2018 (BOE de 24 de enero de 2019).

2.14. En relación con el Enlace de Parquesol/La Flecha/Ikea (P.K. 128+500) se proseguirá la coordinación efectuada con el Ayuntamiento de Valladolid para la reordenación y reposición del acceso desde el Camino de Zaratán, de modo que las conexiones con el viario urbano resulten compatibles con la seguridad viaria del enlace y con la adecuada explotación de la Autovía A-62.

A tal efecto, en el Proyecto de Construcción se estudiará la viabilidad de proyectar el acceso desde la calle Camino de Zaratán a través del Enlace de Parquesol, siempre que la solución adoptada resulte compatible con el planeamiento urbanístico previsto para el sector "Las Raposas 2" y se garanticen las condiciones de seguridad y de servicio del enlace.

2.15. Se revisará el encaje geométrico de los pasos superiores a disponer sobre la Autovía A‑62 en el Enlace de Parquesol/La Flecha/Ikea, de modo que bajo dichos pasos se prevea el espacio para una posible prolongación futura de las vías colectoras-distribuidoras del Enlace de la VA-30, separando de los márgenes del tronco los muros de sostenimiento que resulten necesarios.

2.16. Se tendrán en cuenta las conclusiones y medidas recogidas en la Auditoría de Seguridad Viaria practicada sobre el Proyecto de Trazado. En particular se atenderán las observaciones referentes a la morfología de las salidas del tronco a ramales de dos carriles, teniendo en cuenta las configuraciones recomendadas en el apartado 10.7.5 de la Norma 3.1-IC Trazado.

2.17. Se proporcionarán las visibilidades necesarias en las calzadas anulares de los enlaces tipo glorieta superior, disponiendo los despejes que resulten necesarios teniendo en cuenta la presencia de los sistemas de contención de vehículos.

2.18. Para garantizar una adecuada seguridad viaria se señalizarán las limitaciones de circulación para determinados tipos de vehículos y usuarios desde el inicio de los ramales de enlace de la autovía, teniendo en cuenta la legislación aplicable de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

2.19. Se redactará el proyecto aplicando los eurocódigos estructurales y sus anejos nacionales. Asimismo, se aplicará en relación a las especificaciones técnicas de materiales, ejecución de las obras, control de calidad y mantenimiento de las estructuras, el Real Decreto 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural.

2.20. Se proseguirá la tramitación de los proyectos de reposición de servicios afectados de GAS NATURAL FENOSA, ENAGÁS, AQUONA, Comunidades de Regantes, C.L.H., CORREOS, RED ELÉCTRICA ESPAÑOLA, IBERDROLA, TELEFÓNICA S.A.U. y D.G.T., de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los proyectos de obras", de 7 de marzo de 1994, y su modificación de 4 de noviembre de 1996.

2.21. Se tendrán en cuenta, en la medida de lo posible, los criterios establecidos en la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la "Instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento".

2.22. Se revisará y actualizará la documentación aportada sobre la titularidad y particularidades de las parcelas afectadas por la expropiación o por el establecimiento de servidumbres, con el fin de componer una relación de bienes y derechos afectados veraz y completa.

2.23. Se analizarán y justificarán en el proyecto todas las medidas que sea necesario adoptar para dar cumplimiento al Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado.

2.24. Previamente a la aprobación del Proyecto de Construcción se llevará a cabo un trámite de información pública a los efectos de los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y concordantes de su Reglamento.

3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental que:

3.1. Notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Asimismo, dará una respuesta razonada a los alegantes, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales, en cumplimiento del artículo 83 de la misma Ley.

3.2. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

3.3. Publique la presente Resolución en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c y 114.2.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que se publica para general conocimiento

Valladolid, 23 de noviembre de 2022.- Jefe de la Demarcación, José Vidal Corrales Díaz.

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