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Documento BOE-B-2022-4371

Resolución de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra por la que se anuncia la enajenación, mediante subasta pública, del buque "JUVENILIA", declarado en situación de abandono.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2022, páginas 6996 a 6997 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2022-4371

TEXTO

Objeto: Enajenación mediante pública subasta o, alternativamente, adjudicación directa, del buque "JUVENILIA", declarado en situación de abandono y autorizada su enajenación por acuerdo del Consejo de Administración de 27 de enero de 2022. La descripción del buque se detalla en los pliegos de condiciones que rigen la subasta.

Precio base de enajenación a ofertar al alza: Ochenta mil euros (80.000 €).

Garantía provisional: Dos mil cuatrocientos euros (2.400 €).

Procedimiento de adjudicación: Subasta pública con proposición al alza en sobre cerrado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 137, 143 y concordantes de la ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Alternativamente, adjudicación directa.

Exposición del bien: El buque está atracado en el Puerto de Marín y Ría de Pontevedra pudiendo ser examinado por los interesados hasta la fecha límite de presentación de ofertas y previa solicitud dirigida a operacionesportuarias@apmarin.com.

Plazo de presentación de ofertas: Hasta las 14 horas del día 15 de marzo de 2022.

Lugar de presentación de ofertas: Registro General de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, Parque de Cantodarea, s/n, 36900, Marín (Pontevedra).

Apertura de las ofertas (sobre número 2): Mediante acto público que se realizará en la sede de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, sita en el Parque de Cantodarea, s/n, Marín (Pontevedra), en la hora y fecha que se publique en la página web del organismo (tablón de anuncios).

Gastos de la publicación del anuncio: Por cuenta del adjudicatario.

Documentación e información: Ver pliego de condiciones; página web del organismo (www.apmarin.com); a través de secretariageneral@apmarin.com

Créditos privilegiados: Crédito devengado por las correspondientes tasas y tarifas portuarias.

Cargas: En aplicación del Convenio Internacional sobre privilegios marítimos y la hipoteca naval de 1993, los privilegios o embargos sobre el buque dejarán de gravar el mismo.

Producto de la enajenación: El producto obtenido de la enajenación se ingresará en el Tesoro Público previa detracción de los créditos devengados a favor de la Autoridad Portuaria por las correspondientes tasas y tarifas portuarias, así como los gastos del procedimiento en que se haya incurrido de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 302 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Sirva el presente anuncio como notificación a terceros o cualesquiera interesados que puedan tener un derecho preferente sobre dicho buque.

Marín, 8 de febrero de 2022.- El Presidente, José Benito Suárez Costa.

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