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Documento BOE-B-2022-7803

Extracto de la Orden TMA/178/2022 de 28 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la rehabilitación de edificios de titularidad pública y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2022, páginas 12141 a 12142 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2022-7803

TEXTO

BDNS(Identif.):614583

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/614583)

Primero. - Beneficiarios

Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas aquellas entidades locales (EELL), entendiendo por tales, los municipios, con independencia de su tamaño y población, las Diputaciones Provinciales, los Cabildos y Consells insulares que sean titulares de un inmueble que cumpla las condiciones exigidas por estas bases reguladoras.

Segundo. - Objeto

Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actuaciones de rehabilitación de edificios de titularidad de las EELL mencionadas que, en el marco de una rehabilitación integral, cumplan con los requisitos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), tengan un carácter integrado, como se define en la Agenda Urbana Española (AUE), y respondan a los criterios de sostenibilidad, inclusión y calidad estética previstos por la Nueva Bauhaus Europea.

Tercero. - Bases Reguladoras

La presente convocatoria se regula por la Orden TMA/178/2022 de 28 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión con cargo a los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado 2022 para tal fin.

Cuarto. - Cuantía

Se financiarán con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 17.50 26BE 760 del Presupuesto de Gastos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, por un importe máximo total de 600.000.000€, distribuido en dos líneas de desarrollo de actuaciones:

Línea 1: 250.000.000€, para edificios a rehabilitar cuya recepción de obra, sin observaciones ni reparos, tenga lugar como máximo el 30 de septiembre de 2024.

Línea 2: 350.000.000€, para edificios a rehabilitar cuya recepción de obra, sin observaciones ni reparos, tenga lugar como máximo el 31 de marzo de 2026.

Según establece el artículo 56.2 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Quinto. - Solicitudes

Las solicitudes se ajustarán al formato y contenido especificados en la Orden TMA/178/2022 de 28 de febrero de 2022. Cada entidad local podrá presentar un número máximo de solicitudes por línea y por población; el importe total de la ayuda demandada no podrá exceder de 3.000.000€ (impuestos no incluidos)

Las EELL de más de 50.000 habitantes y capitales de provincia, podrán realizar, como máximo, dos solicitudes en línea 1 y tres en línea 2.

Las EELL entre 20.000 y 50.000 habitantes y las diputaciones, cabildos o consells, podrán realizar, como máximo, una solicitud en línea 1 y dos en línea 2.

Las EELL de menos de 20.000 habitantes, podrán realizar, como máximo, una solicitud en cada una de las dos líneas.

Se diferencian dos plazos para la entrega de solicitudes en función de la línea a la que pertenezcan las actuaciones:

. 45 días naturales para las actuaciones de la Línea 1, y

. 90 días naturales para las actuaciones de la Línea 2.

Sexto. - Procedimiento

El procedimiento de solicitud, y los criterios de selección y valoración, se regirán por lo establecido en la Sección Primera y Segunda, respectivamente, de la Orden TMA/178/2022 de 28 de febrero de 2022.

Séptimo. - Aceptación

La concurrencia a esta convocatoria implica la aceptación de lo dispuesto en la Orden TMA/178/2022 de 28 de febrero de 2022.

Octavo. - Otros datos.

La solicitud debe cumplimentarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: http://sede.mitma.gob.es//

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución no podrá exceder de 6 meses desde la fecha de fin de presentación de las solicitudes de la Línea 2.

Madrid, 28 de febrero de 2022.- La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez Jiménez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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