BDNS (Identif.): 615422.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/615422)
Primero.- Beneficiarios.
Asociaciones/Federaciones españolas de exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio, en virtud de lo establecido en la Orden ITC/3690/2005, de 22 de noviembre.
Segundo.- Objeto.
Contribuir al desarrollo, concentración y consolidación de las Asociaciones /Federaciones españolas de exportadores, de manera que puedan ejercer eficazmente funciones de interlocución ante la Administración General del Estado, representación, defensa de los intereses comerciales sectoriales en el ámbito internacional, canalización de la información sobre normativa comercial entre sus asociados, así como facilitar el acceso de sus miembros a los mercados exteriores, entre otras.
Tercero.- Bases Reguladoras.
Orden ITC/3690/2005, de 22 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado, de 29 de noviembre de 2005, modificada por la Orden ITC/577/2007, de 6 de marzo, publicada en el "Boletín Oficial del Estado", de 15 de marzo.
Las bases reguladoras se encuentran a su vez en la sede electrónica accediendo desde la página web de la Secretaría de Estado de Comercio, en la siguiente dirección:
https://sede.minetur.gob.es/es-es/procedimientoselectronicos/Paginas/detalle-procedimientos.aspx?IdProcedimiento=211
Cuarto.- Cuantía.
Las subvenciones que se concedan en virtud de esta convocatoria serán de un montante máximo de 2.057.680 euros, que se destinará a financiar parcialmente los gastos de funcionamiento de las Asociaciones y Federaciones de exportadores reconocidas, así como a ayuda y asistencia jurídica ante procedimientos de defensa comercial en foros multilaterales.
Quinto.- Plazo de Presentación de solicitudes.
El plazo será de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado".
Sexto.- Documentación de la que consta la solicitud.
Formulario de solicitud de subvención que acompaña a la resolución de convocatoria y en el que se formulará la petición de ayuda para cofinanciar los gastos de funcionamiento y en su caso, de ayuda jurídica, en el ejercicio 2022 y de los Anexos que en él se especifican. En caso de solicitarse ayuda para el asesoramiento jurídico, a la petición de concesión de fondos, deberá acompañarse un presupuesto del coste de la asesoría a financiar, así como una memoria justificativa en la que conste el interés general de dicha iniciativa. Toda la información relativa a la documentación a aportar, se especifica en la página web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, apartado "Información de ayuda para todos los modos de acceso", en la siguiente dirección:
https://sede.minetur.gob.es/es-es/procedimientoselectronicos/Paginas/detalle-procedimientos.aspx?IdProcedimiento=211
Madrid, 15 de marzo de 2022.- La Secretaria de Estado de Comercio, Xiana Margarida Méndez Bértolo.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid