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Documento BOE-B-2022-9296

Extracto de la Resolución de 22 de marzo de 2022, del Fondo Español de Garantía Agraria, O. A. (FEGA) por la que se convocan anticipadamente en el año 2022 ayudas para la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri), en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2022, con fondos procedentes del Instrumento de Recuperación Europeo

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2022, páginas 14369 a 14370 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2022-9296

TEXTO

BDNS(Identif.):616762

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/616762)

Primero. Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas las agrupaciones de al menos dos personas, físicas o jurídicas independientes entre sí, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo

Segundo. Objeto:

El objeto de estas subvenciones es la financiación a agrupaciones de dos o más personas físicas o jurídicas para la ejecución, a través de grupos operativos, de proyectos de innovación de interés general.

Los proyectos deben estar orientados a beneficiar a todo un sector o subsector en el ámbito nacional y sus actuaciones se realizarán en dos o más comunidades autónomas debiendo estar orientados a alguno de los objetivos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas. También deben contribuir a la recuperación de una economía resiliente, sostenible y digital de las zonas rurales.

Tercero. Bases reguladoras:

Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

Cuarto. Importe:

Las ayudas tendrán un límite de 600.000 € por agrupación beneficiaria, siendo de aplicación los demás límites señalados por el artículo 9 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo.

La ayuda corresponderá al cien por cien de los gastos subvencionables que se hayan generado por la actuación, dentro de los límites siguientes:

a) Para proyectos enfocados a productos incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como productos forestales, la ayuda será del 100% para los tipos de gasto indicados en los artículos 9.2.a), 9.2.c) y apartados 1.º a 6.º del artículo 9.2.b).

b) Para proyectos enfocados a productos no forestales no incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la ayuda será del 50% para los tipos de gasto indicados en los artículos 9.2.a), 9.2.c) y apartados 1.º a 6.º del artículo 9.2.b).

c) Para los gastos previstos en el apartado 7.º del artículo 9.2.b):

1.º 60% del gasto elegible en el caso de proyectos correspondientes al ámbito del anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

2.º 40% del gasto elegible en el caso de proyectos correspondientes a productos forestales no incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

3.º 10% del gasto elegible en el caso de proyectos correspondientes a productos no forestales no incluidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Se podrán realizar pagos anticipados de la subvención concedida en el caso de que el proyecto innovador contemplara gastos de inversión (los recogidos en el Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo en el artículo 9 apartado 2, b, 7º) según establece el artículo 16 del Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo. El importe del anticipo cubrirá el 50% como máximo de la ayuda pública correspondiente a la inversión.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, cerrándose el plazo el citado día hábil, a las 14.00, hora peninsular.

Madrid, 22 de marzo de 2022.- El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria O.A., Miguel Ángel Riesgo Pablo.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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