BDNS(Identif.):617225
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/617225)
Primero. Beneficiarios.
Podrán tener la condición de empresas beneficiarias, las empresas cuya actividad se refiera a sectores de la Industria manufacturera, la gestión de residuos y la descontaminación, gestión energética, comunicaciones y actividades científicas y técnicas (Sección C - Divisiones 13 a 31, Sección E - Divisiones 37 a 39, Sección F - Divisiones 42 a 43, Sección J - Divisiones 61 a 63 y Sección M - Divisiones 70 a 72 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril), con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma Vasca, que tengan la condición de PYME y que vayan a desarrollar un proyecto de innovación abierta con el asesoramiento y apoyo de una startup.
Segundo. Objeto.
Estas ayudas minimis tienen por objeto el impulso de la innovación abierta, a través de casos de éxito de colaboración empresa&startup, que ayuden al crecimiento y transformación digital de las empresas vinculadas a los sectores de la Industria manufacturera, la gestión de residuos y la descontaminación, gestión energética, comunicaciones y actividades científicas y técnicas mediante el trabajo de resolución de los retos de innovación. En concreto, serán susceptibles de ayudas los proyectos de asesoramiento en materia de innovación en el ámbito tecnológico, con el objetivo de dar respuesta a retos planteados en empresas que buscan la innovación abierta mediante soluciones basadas en tecnologías disruptivas como big data, inteligencia artificial, manufactura aditiva, ciberseguridad, realidad aumentada, realidad virtual, robótica colaborativa, internet de las cosas, computing, entre otras.
Las ayudas objeto de esta convocatoria tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido. Se concederán como ayudas económicas a las empresas beneficiarias, para cubrir los gastos derivados de la colaboración con la startup, en el trabajo de innovación abierta para la resolución del reto.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ICT/1426/2021, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación a través de la iniciativa "Activa Startups", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 305, de 22 de diciembre de 2021.
Cuarto. Cuantía.
El gasto total para esta convocatoria es de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL EUROS (1.200.000 €) y se realizará con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrándose en la inversión 2, «Crecimiento», del Componente 13, Impulso a la pyme.
La intensidad de la ayuda concedida será del cien por cien del importe bruto de los costes subvencionables del proyecto hasta una cuantía máxima de 40.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de este extracto en el BOE.
Madrid, 24 de marzo de 2022.- La Directora General de la Fundación EOI, F.S.P., Doña Nieves Olivera Pérez-Frade.
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