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Documento BOE-B-2022-9577

Extracto de la Resolución de 24 de marzo de 2022, del Instituto de la Juventud, por la que se convocan la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa «Erasmus+» durante 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2022, páginas 14693 a 14695 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-B-2022-9577

TEXTO

BDNS (Identif.): 617227.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/617227)

Publicadas mediante Orden DSA/1029/2021, de 20 de septiembre (BOE n.º 233 de 29 de septiembre de 2021), por la que se establecen para el período 2021-2027 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa europeo «Erasmus+», capítulo de Juventud, se hace preciso adoptar la presente convocatoria, que desarrolla el procedimiento para la concesión de dichas ayudas para el ejercicio económico 2022, en régimen de concurrencia competitiva.

1.- Convocatoria y cuantías.

De acuerdo con las asignaciones de fondos para acciones descentralizadas establecidas por la Comisión Europea en su plan de trabajo para 2022, el importe asignado para la gestión del ámbito de la Juventud del Programa Erasmus+ durante 2022 en régimen de concurrencia competitiva asciende a 21.045.549,00 euros. Su distribución entre las diferentes acciones es la siguiente:

Acciones - Importe (euros).

Acción clave 1.- Proyectos de movilidad para jóvenes (KA152) y para trabajadores en el ámbito de la juventud (KA153): 10.577.447,00.

Acción clave 1.- Actividades de participación juvenil (KA154): 2.283.708,00.

Acción clave 1.- Acción de Inclusión de DiscoverEU: 444.622,00.

Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación a pequeña escala (KA210): 6.259.188,00.

Acción clave 2.- Asociaciones de Cooperación (KA220): 1.480.584,00.

b) Sin perjuicio de todo lo anterior, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

2.- Distribución de las ayudas convocadas.

Los fondos asignados a España para las acciones descentralizadas se repartirán teniendo en cuenta la calidad de las solicitudes, los objetivos y las prioridades establecidas por el Programa Erasmus+.

3.- Requisitos y forma de presentación de las solicitudes.

Los solicitantes deberán registrarse previamente según el procedimiento establecido en la Guía del Programa.

Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente los formularios específicos para cada acción y disponible en el sitio web de la Agencia Nacional (http://www.injuve.es/erasmusplus//).

4.- Plazo de presentación de solicitudes.

Todos los plazos de presentación de las solicitudes especificados expiran a las 12.00 h (mediodía), hora de Bruselas.

Para la Acción clave 1.- Movilidad en el ámbito de la Juventud.

Solicitudes de subvención de organizaciones acreditadas:

Hasta el 23 de febrero a las 12.00 (mediodía, hora de Bruselas) para proyectos que empiecen a partir del 1 de junio de 2022.

Para proyectos de movilidad para jóvenes (Intercambios Juveniles), proyectos de movilidad para trabajadores en el ámbito de la Juventud, y actividades de participación juvenil:

Hasta el 23 de febrero a las 12.00.00 (mediodía, hora de Bruselas) para proyectos que empiecen entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2022;

Hasta el 4 de octubre a las 12.00.00 (mediodía, hora de Bruselas) para proyectos que empiecen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2023.

Para proyectos para la acción de inclusión de DiscoverEU:

Hasta el 4 de octubre a las 12.00.00 (mediodía, hora de Bruselas) para proyectos que empiecen entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2023.

Para la Acción clave 2.- Asociaciones para la cooperación y asociaciones a pequeña escala.

Hasta el 23 de marzo a las 12.00.00 (mediodía, hora de Bruselas) para proyectos que empiecen entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2022;

Hasta el 4 de octubre a las 12.00.00 (mediodía, hora de Bruselas) para proyectos que empiecen entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2023.

5.- Objeto, prioridades, condiciones y finalidad de la concesión.

Los siguientes objetivos generales:

Promover la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea.

Potenciar la solidaridad y promover la tolerancia.

Favorecer el entendimiento mutuo entre jóvenes.

Contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud.

Favorecer la cooperación europea en el ámbito de la juventud.

Además, el programa de trabajo para 2022 de la Agencia Nacional establece las siguientes prioridades nacionales, que serán tenidas en cuenta en la selección y valoración de los proyectos:

Desarrollo de habilidades y competencias relevantes y de alta calidad, especialmente aquellas dirigidas a fomentar la empleabilidad y el desarrollo socioeducativo y personal, así como la participación en la vida social y cívica.

Promover la educación para el emprendimiento, el emprendimiento social y las actividades sin fines de lucro entre los jóvenes.

Inclusión social: acciones que ayudan a abordar la diversidad y promueven, en particular a través de enfoques innovadores e integrados, la apropiación de valores compartidos, la igualdad, incluida la igualdad de género y la lucha contra la violencia de género, la no discriminación y la inclusión social. También habrá una especial atención a la juventud en el medio rural y sus problemas específicos.

Proyectos que traten temas relacionados con la lucha contra la radicalización y violencia en los jóvenes.

Fomentar la inclusión y la empleabilidad de los jóvenes con menos oportunidades (incluidos los NEET), con especial énfasis en los jóvenes en riesgo de marginación.

Proyectos que pongan en valor y que incentiven a los jóvenes a participar en los procesos electorales.

Proyectos de concienciación y sensibilización medioambiental: uso racional de recursos, sostenibilidad para no comprometer los recursos de las futuras generaciones. Promoción de hábitos de vida saludable.

Además de lo anterior, existen criterios de admisibilidad y valoración específicos para cada Acción y actividad, que se detallan en la Guía del Programa Erasmus+.

Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+, disponibles en la página web http://www.injuve.es/erasmusplus. para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes.

Madrid, 24 de marzo de 2022.- La Directora General del Instituto de la Juventud, María Teresa Pérez Díaz.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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