De acuerdo con lo que dispone el artículo 24.4 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, se publica la Resolución de fecha 16 de febrero de 2023, dictada por el Consejero de Empresa y Trabajo, mediante la cual se declara la condición de mineral natural del agua de la captación Les Guilleries.
La citada Resolución establece en su parte dispositiva:
"Primero.- Que se declare la condición de mineral natural del agua que procede de la captación Les Guilleries, en el término municipal de Osor, en la Selva, en el punto de coordenadas UTM (ETRS89-31N), X: 463.669,454 Y: 4.639.859,748.
Segundo.- Que se declare la utilidad pública de las aguas interesadas, de acuerdo con lo que establece el artículo 39 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Tercero.- Que se ordene la notificación de la resolución de declaración a los interesados y su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con lo que establecen los artículos 24 de la Ley de Minas y 39 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.
Cuarto.- De acuerdo con lo que determina el artículo 40 del Reglamento General del Régimen para la Minería, se otorgue a las personas que este precepto indica el plazo de un año, a contar a partir de la fecha de la publicación o notificación de la resolución de declaración para ejercer el derecho preferente a solicitar su aprovechamiento.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa de acuerdo con el artículo 75.1.a) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con lo que disponen los artículos 77 de la mencionada Ley 26/2010 y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo que disponen los artículos 10.1.a y 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno."
Barcelona, 25 de abril de 2023.- El Director General de Industria, Oriol Alcoba Malaspina.
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