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Documento BOE-B-2023-15399

Extracto de la Orden de 19 de mayo de 2023 por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 2023, páginas 24165 a 24166 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2023-15399

TEXTO

BDNS(Identif.):696505

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/696505)

Primero.- Beneficiarios.

Personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea, cualquiera que sea su forma jurídica y que:

a. Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.

b. Realicen una o varias actividades, o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el anexo I de la Orden de convocatoria.

c. Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, en el año 2022, debido a los costes indirectos soportados en los gastos de suministro eléctrico destinados a los procesos productivos.

Segundo.- Objeto.

Compensación, en forma de subvención, de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad del año 2022, conforme al Real Decreto 309/2022 de 3 de mayo, publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 4 de mayo de 2022, y al amparo de lo establecido en la Directiva (UE) 2018/410 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas.

Tercero.- Bases reguladoras.

Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, publicado en el BOE de 4 de mayo de 2022.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 244.000.000 euros. Las ayudas adoptarán la forma de subvención. El importe global máximo destinado a las subvenciones en la presente convocatoria se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Desde el 1 de junio hasta el 28 de junio de 2023.

Madrid, 19 de mayo de 2023.- El Ministro de Industria, Comercio y Turismo, P.D. (Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, BOE de 11 de febrero), el Secretario General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Francisco Antonio Blanco Ángel.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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