El artículo 8 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, modificado por el Real Decreto 149/2014. por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, establece que la solicitud de modificación del pliego de condiciones debe someterse a información pública mediante un anuncio en el Boletín Oficial del Estado que incluya el documento único, para la iniciación del periodo de oposición por el plazo de dos meses desde la publicación de este anuncio en el BOE.
Habiendo presentado el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Yecla" una solicitud para su modificación, y habiendo superado la misma el trámite de examen, procede abrir el procedimiento de oposición,
El pliego de condiciones y el documento único, se pueden consultar en la dirección electrónica:
https://www.carm.es/web/integra.servlets.Blob?ARCHIVO=Pliego_Condiciones_DOP_Yecla__definitivo[1].pdf&TABLA=ARCHIVOS&CAMPOCLAVE=IDARCHIVO&CAMPOIMAGEN=ARCHIVO&IDTIPO=60&VALORCLAVE=77958
Murcia, 26 de mayo de 2023.- Secretario General, Francisco José González Zapater.
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