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Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. José Luis Martínez Donoso mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2023/000758.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 21/03/2023 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 19/06/2023.
La Asamblea General celebrada el 27 de febrero de 2023 adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 1 al 6, ambos inclusive, artículos 8 a 12 ambos inclusive, artículos 14, 15, 17, 19, 20, 22, 25, 28, 30, incorporación de dos nuevos artículos con la nueva numeración de 5 y 13 y renumeración del texto de estatutos sociales como consecuencia de las modificaciones acometidas de los estatutos de esta asociación. Se modifica la denominación que pasa de ser "Asociación Empresarial de Centros Especiales de Empleo de Personas con Discapacidad Fundación ONCE" a la reseñada en el encabezamiento. El acta de la asamblea está suscrita por D. Juan Carlos Basildo Álvarez como Secretario de la reunión con el visto bueno del Presidente D. José Luis Martínez Donoso.
Por otra parte, la Asamblea General de fecha 2 de junio de 2023 aprobó por mayoría absoluta la modificación del artículo 10 y suprimir la numeración de los ordinales de los artículos del apartado único. El certificado de la asamblea aparece suscrito por Dª. Vivian Carolina Vázquez González como Secretaria de la asociación con el visto bueno del Presidente D. José Luis Martínez Donoso.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 20 de junio de 2023.- El Director General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre). El Subdirector General de Relaciones Laborales. Rafael Martínez de la Gándara.
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