La Presidencia de la Autoridad Portuaria de Alicante, de conformidad con la propuesta de la Dirección y en ejercicio de la delegación de la competencia para el otorgamiento de licencias de servicios portuarios atribuida por su Consejo de Administración, ha acordado conceder a la sociedad SEROIL VALENCIA, S.L. la licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de residuos sólidos del Anexo V del convenio MARPOL generados por buques en el Puerto de Alicante.
La licencia se otorga con sujeción al Pliego de Cláusulas generales de Explotación del servicio recepción de desechos sólidos generados por buques, en concreto para la recogida de los residuos del anexo V del mismo Convenio.
La licencia se otorga por un plazo de un (1) año, que comienza el día siguiente al de la notificación de la misma, prorrogable tácitamente año a año hasta un máximo de tres (3) años siempre que la Legislación vigente lo permita.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con el artículo 115.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Alicante, 19 de junio de 2023.- Presidente, Julián López Milla.
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