Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-B-2023-20646

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón sobre la Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se aprueba el expediente de información pública y se aprueba definitivamente el proyecto de trazado: "Acondicionamiento de la carretera N-260, Eje Pirenaico. Pp.Kk. 449+600 A 463+600. Tramo: Túnel de Balupor - Fiscal". Provincia de Huesca. Clave: 20-HU-5940.

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 6 de julio de 2023, páginas 33067 a 33069 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2023-20646

TEXTO

Por Resolución de 26 de junio de 2023, el Secretario de Estado Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por delegación de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, modificada por Orden TMA/355/2023, de 10 de abril), ha resuelto:

1. Aprobar el expediente de Información Pública y aprobar definitivamente el Proyecto de Trazado "Acondicionamiento de la Carretera N-260, Eje Pirenaico. PP.KK. 449+600 a 463+600. Tramo: Túnel de Balupor - Fiscal", de clave 20-HU-5940, redactado con fecha abril de 2022, con un Presupuesto Base de Licitación estimado de 98.788.008,92 euros, incluyendo el I.V.A. (21 %), con las siguientes prescripciones a cumplimentar durante la redacción final del proyecto de Construcción:

1.1. Se revisará y subsanará el Anejo de Expropiaciones con el fin de componer una relación de afectados veraz y completa, considerando las alegaciones efectuadas relativas a modificaciones de superficies, bienes valorables en ellas o naturaleza y usos de las mismas, así como las referentes a la titularidad de las fincas, siempre que se hayan demostrado fehacientemente las titularidades y estas estén inscritas en los registros oficiales, sin perjuicio de las verificaciones pertinentes en el momento de levantamiento de actas previas.

1.2. Se garantizará que el acceso a las fincas colindantes se realice de manera adecuada en condiciones semejantes a las actuales y, en particular:

• Se incluirá en el C.S. 5.9-6.2 un acceso a la parcela colindante en el entorno de la progresiva 0+280 de dicho camino.

• Se estudiará la posibilidad de acondicionar la entrada de que actualmente dispone la parcela 84 (Polígono 1), o bien utilizando el camino de obra C.O. 9.5-10.0 previsto para la construcción del muro de escollera 9.9 cercano a su parcela, o mediante otra solución alternativa que asegure su acceso.

1.3. Se tendrán en cuenta las excepcionalidades previstas en el artículo 34.1 y el artículo 46 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, en relación con la expropiación de las superficies de parcelas que actualmente se encuentran en Zona de Dominio Público, siempre que no interfieran físicamente con las obras proyectadas ni perjudiquen a la adecuada explotación ni a la seguridad viaria de la carretera.

1.4. Se tendrá en cuenta el informe de 10 de noviembre de 2022 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) y se proseguirá la coordinación mantenida con dicho organismo en relación con las vías pecuarias afectadas por la actuación.

1.5. Se proseguirá la tramitación de la reposición de servicios afectados en aplicación de lo establecido en el artículo 17.1 y 17.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y de acuerdo con la Circular sobre "Modificación de servicios en los proyectos de obras", de 7 de marzo de 1994 y su modificación de 4 de noviembre de 1996.

1.6. Se tendrá en cuenta la Resolución de 17 de septiembre de 2021 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de aprobación definitiva del Documento Técnico de clave 20-HU-5940 (B.O.E. de 5 de octubre de 2021), con las prescripciones derivadas de dicha aprobación y de su Declaración de Impacto Ambiental de 8 de abril de 2021 (B.O.E. de 16 de abril de 2021).

2. De acuerdo con la Resolución de aprobación provisional de 4 de octubre de 2022 (B.O.E. de 31 de octubre de 2022), y conforme a lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, el trámite realizado tiene el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.

En consecuencia, la aprobación definitiva implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.2 de la vigente Ley 37/2015, de Carreteras, y en la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa.

3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón que:

3.1. Notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, dará una respuesta razonada a los alegantes, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales, en cumplimiento del artículo 83 de la misma Ley.

3.2. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

3.3. Incoe el expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, teniendo en cuenta, en su caso, el procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c y 114.2.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que se comunica para conocimiento general.

Zaragoza, 3 de julio de 2023.- La Ingeniera Jefa de la Demarcación, Sandra de Francisco Méndez.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid