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Documento BOE-B-2023-21533

Extracto de la Resolución, de 8 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas destinadas a fomentar la negociación colectiva en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, correspondientes al año 2023

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 13 de julio de 2023, páginas 34583 a 34584 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-B-2023-21533

TEXTO

BDNS(Identif.):707615

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/707615)

Primero. Objeto de la convocatoria. -

El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las Organizaciones Sindicales con capacidad para negociar en el ámbito estatal y funcional de la Enseñanza sostenida total o parcialmente con fondos públicos las materias que corresponden a la Administración del Estado, que les permitan el mantenimiento de representantes sindicales con dedicación exclusiva a dicha negociación.

Segundo. Financiación. -

1. Las ayudas objeto de la Resolución se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.08.322A.489.08 y 18.08.322B.489.08 por importes máximos respectivos de 369.938,00 y 120.862,00 euros, con un total de 490.000,00€.

Tercero. Beneficiarios. -

1. Podrán solicitar estas ayudas las organizaciones sindicales que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 6.2 y 7.2 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical ostentan capacidad para negociar en el ámbito estatal con la Administración del Estado las materias relacionadas con la Enseñanza sostenida total o parcialmente con fondos públicos.

2. Los representantes sindicales retribuidos por las organizaciones sindicales con las ayudas a las que se refiere la presente Resolución, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Cumplir las condiciones que para afiliarse a las organizaciones sindicales establecen los artículos primero.2 y tercero.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de 1985, de Libertad Sindical.

b) Ostentar un cargo electivo o realizar funciones sindicales a nivel provincial o superior en la organización sindical, relacionado con el sector de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos.

c) No percibir retribución alguna con cargo a la nómina de pago delegado a que hace referencia el artículo 34 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos.

Cuarto. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinto. Solicitudes y documentación.

1. Las organizaciones sindicales que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria presentarán una única solicitud, a la que acompañaran la siguiente documentación:

a) Tarjeta con el número de identificación fiscal del sindicato solicitante.

b) Certificado del acuerdo del órgano competente de la organización sindical por el que se acuerda solicitar la ayuda.

c) Declaración firmada por el Secretario General o cargo directivo equivalente por la que se compromete a devolver, en el plazo de 15 días, la totalidad o parte de la ayuda que se reciba, cuando así le sea requerido por la Administración por falta de justificación o justificación insuficiente de las cantidades concedidas, una vez cumplido el plazo establecido en el apartado Undécimo.2 de la convocatoria indicada.

d) Declaración responsable de las ayudas o subvenciones para el mismo fin concedidas durante el año 2021 y de las solicitadas durante el presente año, convocadas por otros Departamentos Ministeriales, o procedentes de cualquier otra Administración pública, o ente público o privado.

Madrid, 8 de julio de 2023.- José Manuel Bar Cendón, Secretario de Estado de Educación.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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