El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 28 de junio de 2023, ha acordado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.5. letra n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, (TRLPEMM), en relación con el artículo 90 TRLPEMM, el siguiente acuerdo:
"Autorizar la división de la concesión otorgada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón el 16 de diciembre de 2008 a ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. para construcción y explotación de una planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado en el Puerto de El Musel-Gijón, tuberías para toma y evacuación de agua de mar y lámina de agua para atraque de buques, en dos nuevas concesiones, la primera (n.º 97) para: "Planta de recepción, emisión, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado, carga de cisternas, tuberías para toma y evacuación de agua de mar y lámina de agua para atraque de buques" y la segunda (n.º 334) para: "Explotación del gasoducto Musel-Llanera e instalaciones auxiliares en el tramo que discurre por la zona de servicio del puerto de Gijón desde la planta regasificadora de El Musel".
Las principales condiciones de las concesiones resultantes de la división son las siguientes:
Concesión nº 97: Planta regasificadora
- Tasa de actividad: Hasta 3,5 millones de GNL 0,1968 €/t. A partir de 3,5 millones GNL 0,0109 €/t
- Tráfico Mínimo: Primera año 1 millón de toneladas. Segundo año y sucesivos 2,4 millones de toneladas. A partir del 3º año de funcionamiento de la instalación, este tráfico mínimo inicial será revisable al alza hasta un máximo de 3,5 millones de toneladas/año. La revisión tendrá lugar cada dos años, atendiendo al grado de funcionamiento medio de la planta en el periodo considerado.
- Tasa de ocupación: 2.561.582,64 euros anuales.
- Superficie concedida: 262.626 metros cuadrados.
- El plazo de la concesión resultante de la división es igual al restante de la concesión primitiva.
Concesión nº 334: Gasoducto
- Tasa de actividad: 1% sobre el volumen de negocio
- Tráfico Mínimo: 70.000 €/año
- Tasa de ocupación: 34.692,83 euros anuales.
- Superficie concedida: 7.613,58 metros cuadrados.
- El plazo de la concesión resultante de la división es igual al restante de la concesión primitiva.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Gijón, 13 de julio de 2023.- Presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón, Laureano Lourido Artime.
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