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Documento BOE-B-2023-22357

Anuncio de la Secretaría General de Transportes y Movilidad sobre la Orden Ministerial por la que se conceden las ayudas de la segunda convocatoria del programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 24 de julio de 2023, páginas 36178 a 36178 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2023-22357

TEXTO

Por Orden Ministerial de 17 de julio de 2023 se han concedido las ayudas de la segunda convocatoria del programa para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a las entidades locales incluidas en el Anexo I de dicha Orden, con la definición de las actuaciones individuales a ejecutar, el importe máximo subvencionable para cada actuación y el importe global otorgado.

En el Anexo III se relacionan las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito, mientras que en el Anexo IV se especifican las actuaciones que forman parte de solicitudes que han superado las fases de valoración de las ayudas, pero no han sido subvencionadas individualmente.

En el Anexo V se relacionan las solicitudes desestimadas por no superar los umbrales mínimos de puntuación establecidos en las bases reguladoras para las distintas fases de valoración, mientras que en el Anexo VI se relacionan las solicitudes inadmitidas por incumplimiento de los requisitos de elegibilidad establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria, con indicación del motivo de inadmisión.

El Anexo II de la Orden especifica las condiciones y términos de concesión y aceptación de la ayuda que deberán asumir obligatoriamente los beneficiarios.

Se puede consultar la Orden y los Anexos en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el siguiente enlace:

https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/OFICINAS_SECTORIALES/SUB_PRTR/segunda_edicion_zbe/

Contra la Orden Ministerial de concesión de las ayudas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a esta publicación; o bien, con carácter previo a su interposición, podrá efectuarse al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, dentro del mismo plazo, el requerimiento a que se refiere el artículo 44 de la Ley 29/1998, de13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 18 de julio de 2023.- La Secretaria General de Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.

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