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Documento BOE-B-2023-22547

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia por el que se publica la Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de trazado: "Enlace de la Carretera N-550 con el Orbital de Santiago de Compostela y reordenación de accesos entre los PP.KK. 57+640 y 55+100". Provincia de A Coruña. Clave: 25-LC-7620.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 26 de julio de 2023, páginas 36669 a 36671 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2023-22547

TEXTO

La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. en el Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Orden TMA/1007/2021, modificada por la Orden TMA/355/2023), con fecha 4 de julio de 2023 ha resuelto:

1. "Aprobar el expediente de información pública y, definitivamente el proyecto de trazado "Enlace de la carretera N-550 con el Orbital de Santiago de Compostela y reordenación de accesos entre los pp.kk. 57+640 y 55+100", de clave 25-LC-7620, con las siguientes prescripciones:

a. Se deberá corregir y completar el Anejo de Expropiaciones y el resto de los documentos del Proyecto con las modificaciones y especificaciones puestas de manifiesto en el Expediente de Información Pública incoado de acuerdo con lo especificado en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación forzosa sobre la necesidad de ocupación y concordantes de su reglamento, relativas a la modificación de datos de os titulares de las parcelas y a los bienes valorables en ellas con el fin de componer una relación de afectados veraz y completa, recabando para ello la documentación necesaria.

b. Se deberá recabar informe de "Augas de Galicia" en el que se validen los criterios empleados, así como tener en cuenta las observaciones que ésta formule.

c. Se proseguirá la tramitación de los proyectos de reposición de servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los proyectos de obras" de 7 de marzo de 1994.

d. Se proyectará una pasarela peatonal, frente al núcleo de Formarís, conectando las paradas de autobuses que se reponen en ambas márgenes de la carretera nacional N-550, p.k. 1+920 del eje 1, aproximadamente.

e. Se proyectará una galería de servicios, aproximadamente en el P.k. 1+200 del Eje 1 (N-550), que permita su conexión entre ambas márgenes de la carretera.

f. Se deberá analizar el punto de desagüe del encauzamiento proyectado (Eje 44), y adoptar las medidas necesarias para evitar las afecciones a las viviendas próximas, si se produjesen.

g. Se deberá estudiar el ajuste de la rasante del Eje 12 para permitir el acceso a las parcelas situadas en la margen derecha del citado eje, entre los pp.kk. 0+300 y 0+590, aproximadamente.

h. Se deberá estudiar la viabilidad de aumentar la anchura de los accesos previstos para las fincas con referencias catastrales 000202800NH45A, 15079A68200353 y 000203300NH45A, para facilitar el acceso de autobuses y camiones a las instalaciones comerciales.

i. Se deberá incluir el estudio de trayectorias (con camión articulado como vehículo patrón) en el acceso a la parcela con referencia catastral 000201200NH45A0001MB, con el fin de garantizar una adecuada geometría del mismo.

j. Se deberán representar adecuadamente los accesos previstos en la margen derecha del Eje 28, a las fincas afectadas.

k. Se deberá definir la conexión del Eje 28 con el Eje 9, y la señalización necesaria para la reordenación del tráfico en el núcleo de "Formarís".

l. Se deberá definir la prolongación del Eje 31 unos 120 m, hasta el vial existente paralelo a la carretera N-550, y la señalización vertical en el cruce con esta que prohíba el acceso desde dicha carretera al núcleo de Formarís.

m. Se deberá ajustar el trazado del Eje 24 y disponer un pavimento adecuado para el paso de los camiones articulados y autobuses.

n. Se deberá sustituir en los planos y en el resto de los documentos del Proyecto en los casos en los que sea necesario, la denominación de "A Sionlla de Abaixo" por "Formarís".

o. Se complementarán las medidas preventivas y correctoras para minimizar las afecciones sobre el núcleo de Formarís situado en la margen derecha de la N-550, sentido A Coruña (atenuación de ruido e impacto visual, pasos de peatones transversales al tronco de la N-550, disponer los accesos a las parcelas desde el viario proyectado, etc.).

p. Se deberán tener en cuenta las recomendaciones para favorecer la integración paisajística de la actuación incluidas en el Informe del Instituto de Estudios del Territorio de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda de la Xunta de Galicia, de fecha de registro de 21 de septiembre de 2022, que le sean aplicables al presente proyecto.

q. Se deberán tener en cuenta las consideraciones sobre la señalización incluidas en las alegaciones con número de registro REGAGE22e00033965265, REGAGE22e00033965049 y REGAGE22e00033574094.

r. Se deberá analizar y completar la señalización para el acceso a la estación de servicio del p.k. 2+350 del proyecto en la carretera N-550, conforme a la reordenación de accesos proyectada y a la normativa vigente.

2. De acuerdo con la resolución de aprobación provisional de 3 de junio de 2022 (B.O.E. nº 147, de 21 de junio de 2022), y conforme a lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, la aprobación definitiva del proyecto de trazado implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbre.

3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia que;

a. Notifique la presente resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado". Asimismo, dará una respuesta razonada a los alegantes, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales, en cumplimiento del artículo 83 de la misma Ley.

c. Incoe el expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras."

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

A Coruña, 17 de julio de 2023.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.

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