Está Vd. en

Documento BOE-B-2023-22632

Extracto de la Resolución de 25 de julio de 2023 de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a través del Programa de Capacidades Emprendedoras para la aceleración de Startups «Programa de Aceleración de Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 2023, páginas 36839 a 36841 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2023-22632

TEXTO

BDNS(Identif.):710003

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/710003)

Primero. Beneficiarios.

Las ayudas que se concedan en el marco de la presente convocatoria van dirigidas tanto a empresas emergentes conforme a la definición de startup en los términos señalados en el apartado 2 del artículo 1, como a emprendedores innovadores, conforme al apartado 3 de la Orden ICT/748/2022, de 28 de julio, y su modificación mediante Orden ICT/843/2023,de 19 de julio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a través del Programa de Capacidades Emprende-doras para el impulso del «Programa de Aceleración de Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que deseen hacer crecer sus negocios Las ayudas que se concedan en el marco de la presente convocatoria van dirigidas también a emprendedores innovadores conforme a lo establecido en el artículo 1.3 de la citada Orden ICT/748/2022, de 28 de julio , y su modificación mediante Orden ICT/843/2023, de 19 de julio.

Podrán obtener la condición de beneficiarios al amparo de esta convocatoria las em-presas emergentes y los emprendedores innovadores que desarrollen proyectos de emprendimiento innovadores que cuenten con un modelo de negocio escalable siempre que tengan personalidad física o jurídica, estén legalmente constituidos y debidamente inscritos en el registro que les corresponda.

Segundo. Objeto.

Estas ayudas tienen por objeto impulsar el crecimiento y desarrollo de las startups y emprendedores innovadores, a través del programa de capacidades emprendedoras «Programa de Aceleración de Startups», en sus modalidades «Programa de Aceleración de Startups- Regional» y «Programa de Aceleración de Startups- Sectorial», de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras de la concesión de ayudas publicadas median-te la Orden ICT/748/2022, de 28 de julio, y su modificación mediante Orden ICT/843/2023, de 19 de julio.

Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

El programa de capacidades emprendedoras «Programa de Aceleración de Startups - Regional», tiene por objetivo facilitar a startups y emprendedores innovadores, de todos los sectores, actividades de asesoramiento orientadas a hacer crecer y desarrollar sus negocios. Este programa se desarrollará en cada una de las Comunidades y Ciudades Autónomas del territorio nacional.

El programa de capacidades emprendedoras "Programa de Aceleración de Startups - Sectorial" tiene por objetivo facilitar asesoramiento a las startups y emprendedores innovadores que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en los sectores tractores destacados por la EENE, como son industria, industrias culturales, musicales o audiovisuales, movilidad, salud, construcción y materiales, energía y transición ecológica, banca y finanzas, digital y telecomunicaciones, agroalimentación y biotecnología. Dichas actividades involucrarán al tejido empresarial del sector, especialmente a las grandes empresas y empresas tractoras de cada sector.

Cada startup o emprendedor innovador solicitante podrá ser beneficiario de una única ayuda y, por tanto, participante en una única modalidad de programa: bien del «Programa de Aceleración de Startups- Regional», o bien del «Programa de Aceleración de Startups- Sectorial».

El Plan de Aceleración incluye las siguientes actividades, que se describen con mayor profundidad en el Anexo de la orden de bases resumiéndose a continuación:

Programa de formación con, al menos, 50 horas de talleres con carácter grupal.

Programa de aceleración para el crecimiento y desarrollo, compuesto por, al menos, 40 horas de mentorización individual (one-to-one).

Networking y conexión con el tejido empresarial local, en el caso de la modalidad regional, o bien tejido empresarial sectorial en esta modalidad.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ICT/748/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a través del Programa de Capacidades Emprendedoras para el impulso del «Programa de Aceleración de Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 185, de 3 de agosto de 2022, modificada por la Orden ICT/843/2023 de 19 de julio.

Cuarto. Cuantía.

El gasto para esta convocatoria es de un máximo de TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS (33.373.588,00 €) que será aportado por la Fundación EOI con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrándose en la inversión 1, C13.I1 «Emprendimiento», del Componente 13, Impulso a la pyme

La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, es de 5.471,08€.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 5 de septiembre de 2023 y permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario total establecido en la convocatoria

Madrid, 25 de julio de 2023.- Don Juan Ignacio Díaz Bidart, Director General de la Fundación EOI, F.S.P.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid