La Ley 53/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE núm. 313, de 31/12/2002), en su artículo 116 del Capítulo VII, declara de interés general determinadas obras de infraestructura hidráulica con destino a riego y otras infraestructuras, figurando en su apartado 1-a), entre otras, Modernización de las infraestructuras de regadío en la Comunidad de Regantes «Cartuja-San Juan» de la Cartuja de Monegros y San Juan de Flumen, en Sariñena (Huesca). Dichas obras llevan implícitas las declaraciones de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley.
El proyecto fue promovido por la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA), en ejecución de la Primera Adenda suscrita el 28 de julio de 2022, al Convenio formalizado el 25 de junio de 2021 entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA), en relación con las obras de modernización y consolidación de regadíos, contempladas en la planificación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y declaradas de interés general, y desarrollado conforme a la Adenda, de 30 de septiembre de 2022, al Convenio Regulador suscrito por la Comunidad de Regantes de Cartuja-San Juan y SEIASA, para la financiación, construcción y explotación de las obras de modernización de los regadíos de la citada Comunidad de Regantes. De acuerdo con este último Convenio, si bien la ejecución de las obras del proyecto de referencia corresponde a SEIASA, la obtención de los terrenos, ocupaciones y servidumbres necesarios para la ejecución de la obra compete a la Comunidad de Regantes de Cartuja-San Juan.
El "Proyecto de Modernización de las Infraestructuras de Riego de los sectores XII y XIII del Canal de Monegros, Comunidad de regantes Cartuja-San Juan (Huesca)" fue aprobado por Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 26 de mayo de 2023.
El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 8 de junio de 2023.
Consiguientemente, procede someter a trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución de esta fase de la actuación, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación, podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes Cartuja-San Juan, Plaza de San Juan, 11, 22213– San Juan del Flumen. Sariñena (Huesca), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.
La relación de bienes y derechos afectados que se adjunta, podrá examinarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, así como en las dependencias de los Ayuntamientos de Lanaja y Sariñena (Huesca).
Al mismo tiempo, y en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, esta Dirección General ha resuelto convocar a los propietarios de los bienes y derechos afectados para que comparezcan en el Ayuntamiento de Lanaja (Huesca) el día 5 de septiembre de 2023, en horario de tarde y en el Ayuntamiento de Sariñena (Huesca) el día 6 de septiembre de 2023, en horario de mañana o bien en las dependencias que a tal efecto designen dichos Ayuntamientos, al objeto de proceder al preceptivo levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento a la finca afectada para la toma de datos, si se considerase preciso.
Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual, y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y, en formato resumen, en dos diarios de la provincia de Huesca.
La inclusión de bienes de dominio público en la relación adjunta de bienes y derechos afectados que se somete a la referida información pública, a tenor de lo establecido en el artículo 6 a) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, se realiza a los solos efectos de posibles intereses que terceras personas puedan alegar sobre dichos bienes, sin perjuicio de que simultáneamente se tramite el procedimiento establecido para obtener la disponibilidad de dichos terrenos con las Administraciones correspondientes, en virtud del principio de cooperación que rige en sus relaciones, según dispone el artículo 141 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y, en formato resumen, en dos diarios de la provincia de Huesca, así como en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Lanaja y Sariñena (Huesca), servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero.
Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.
A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos objeto de expropiación, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, debiendo aportar los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, certificación catastral y, en su caso, cédula urbanística, pudiendo hacerse acompañar si así lo estiman oportuno y con gastos a su costa de Peritos y Notarios.
La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.
En el presente expediente expropiatorio la Comunidad de Regantes de Cartuja-San Juan ostenta la condición de entidad beneficiaria.
Anexo: Relación de bienes y derechos afectados para la realización del Proyecto de Modernización de las Infraestructuras de Riego de los Sectores XII Y XIII del Canal de Monegros, Comunidad De Regantes Cartuja-San Juan (Huesca). Expediente SGRIR N.º 18.21.303
EXPDTE |
POL |
PAR |
TITULARES |
EXP (m2) |
SER (m2) |
OT (m2) |
CULTIVO CATASTRAL |
FECHA |
HORA |
||
T.M. LANAJA (HUESCA) |
|||||||||||
01-001 |
10 |
99 |
ABADIAS ESCANERO AGUSTIN HEREDEROS DE |
113 |
17 |
Labor regadío |
05/09/2023 |
17:00 |
|||
01-002 |
10 |
101 |
CAMBRA ABADIAS ANGEL HEREDEROS DE |
152 |
223 |
Labor regadío |
05/09/2023 |
17:00 |
|||
01-003 |
12 |
129 |
ALCUBIERRE SOTO JOSÉ MARÍA |
- |
505 |
Labor regadío |
05/09/2023 |
16:30 |
|||
01-004 |
12 |
130 |
ALCUBIERRE SOTO JOSÉ MARÍA |
109 |
- |
1.159 |
Labor regadío |
05/09/2023 |
16:30 |
||
01-005 |
12 |
132 |
ALCUBIERRE SOTO JOSÉ MARÍA |
- |
686 |
Labor regadío |
05/09/2023 |
16:30 |
|||
T.M. SARIÑENA (HUESCA) |
|||||||||||
02-001 |
9 |
1 |
SAT N 5007 EL BORAL MONCALVER, PONDEROSA |
5 |
606 |
1.582 |
06/09/2023 |
09:30 |
|||
02-002 |
9 |
8 |
SAT N 5007 EL BORAL MONCALVER, PONDEROSA |
34 |
- |
- |
06/09/2023 |
09:30 |
|||
02-003 |
10 |
32 |
VICENTE AGUILAR DIONISIO |
72.511 |
- |
- |
Labor regadío |
06/09/2023 |
10:00 |
||
02-004 |
10 |
108 |
CAMBRA ABADIAS ANGEL HEREDEROS DE |
7.120 |
908 |
2.433 |
Labor regadío |
06/09/2023 |
11:00 |
||
02-005 |
11 |
82 |
CAMBRA ABADIAS ANGEL HEREDEROS DE |
7 |
162 |
378 |
Labor regadío |
06/09/2023 |
11:00 |
||
02-006 |
11 |
86 |
PUYUELO ARILLA JOSE MARIA |
- |
40 |
147 |
Labor regadío |
06/09/2023 |
10:00 |
||
02-007 |
11 |
88 |
PUYUELO ARILLA JOSE MARIA |
- |
29 |
50 |
Labor regadío |
06/09/2023 |
10:00 |
||
02-008 |
11 |
228 |
PUYUELO ARILLA JOSE MARIA |
- |
11 |
22 |
Labor regadío |
06/09/2023 |
10:00 |
||
02-009 |
11 |
263 |
MORENO ESPADA CARMEN |
- |
70 |
149 |
Labor regadío |
06/09/2023 |
11:00 |
||
02-010 |
11 |
264 |
CAMBRA MORENO MARIAN |
- |
127 |
111 |
Labor regadío |
06/09/2023 |
11:00 |
||
02-011 |
11 |
265 |
GUTIERREZ CARABANTES MARIA TERESA ANGELES |
- |
140 |
116 |
06/09/2023 |
10:30 |
|||
02-012 |
11 |
284 |
GUTIERREZ CARABANTES MARIA TERESA ANGELES |
19.476 |
- |
- |
Labor regadío |
06/09/2023 |
10:30 |
||
02-013 |
11 |
290 |
BORRAS GABARRO ALBERTO, BORRAS PALA ALBERTO, BORRAS PALA FRANCISCO, BORRAS PALA JOSE MIGUEL, BORRAS PALA MARIA, PALA BASTARAS JOSE MARIA |
4 |
954 |
2.225 |
Labor regadío Pastos |
06/09/2023 |
09:30 |
||
02-014 |
13 |
107 |
PUYUELO ARILLA JOSE MARIA |
5 |
176 |
377 |
Labor regadío |
06/09/2023 |
11:00 |
||
02-015 |
29 |
3 |
SERGIO SOL SL |
65.450 |
1.080 |
3.640 |
Pastos |
06/09/2023 |
09:30 |
||
EXPDTE: Expediente POL: Polígono PAR: Parcela EXP: Expropiación Definitiva SER: Servidumbre OT: Ocupación Temporal |
|||||||||||
Madrid,
La Subdirectora General de Regadíos, Caminos Naturales e Infraestructuras Rurales, Cristina Clemente Martínez
Madrid, 19 de julio de 2023.- El Ministro de Agricultura, Alimentación y Pesca P.D.: Orden APA/21/2019, de 10 de enero (BOE nº 16 de 18-01-2019) y Orden APA/282/2021, de 22 de marzo (BOE nº 72 de 25-03-2021), por la que se revoca la Orden APA/1096/2020 de 20 de noviembre (BOE 24-11-2020) La Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.
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