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Documento BOE-B-2023-23311

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el depósito de la afiliación de la asociación empresarial denominada ASOCIACIÓN CÁNTABRA DE MARMOLISTAS, en siglas ACAMAR, con número de depósito 39100053, a la federación empresarial denominada FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ASOCIACIONES DE MARMOLISTAS, en siglas FEDESMAR, con número de depósito 99105826.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2023, páginas 38134 a 38134 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2023-23311

TEXTO

Ha sido admitida la afiliación al comprobarse que reúnen los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por D. Sergio Rodríguez Ibarra. mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2023/002227.

La Asociación Cántabra de Marmolistas, en siglas ACAMAR, adoptó en la Asamblea General de fecha 21 de abril de 2023, su afiliación a la Federación Española de Asociaciones de Marmolistas, en siglas FEDESMAR. La certificación está suscrita por Dª. Olga Teja Cruz, en calidad de Secretaria y por D. Antonio Pérez Fernández en calidad de Presidente.

La reunión ordinaria celebrada por Skype de fecha 3 de julio de 2023 de la Federación Española de Asociaciones de Marmolistas, en siglas FEDESMAR, adoptó por unanimidad la afiliación de la Asociación Cántabra de Marmolistas, en siglas ACAMAR. La certificación está suscrita por D. Juan Antonio Mansilla Zambrano como Secretario y por D. Alfonso Fernández González como Presidente.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 1 de agosto de 2023, El Director General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.

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