BDNS(Identif.):662668
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/662668)
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de conformidad con el artículo 7 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.
También podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y los centros públicos de I+D+i de investigación agraria o alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en el sistema INIA (CSIC)-CCAA y otros órganos análogos que desarrollen actividades de I+D+I.
Segundo. Objeto.
El objeto de esta convocatoria es financiar la realización de proyectos de investigación dirigidos tanto a fomentar la generación y el avance significativo del conocimiento científico y la investigación de calidad contrastada como a avanzar hacia la búsqueda de soluciones a los desafíos de la sociedad. Los proyectos de investigación que se financien serán de las siguientes modalidades:
a) Proyectos de «Investigación No Orientada», sin orientación temática previamente definida, que tienen como objetivo principal avanzar en el conocimiento, independientemente del horizonte temporal y del ámbito de aplicación.
b) Proyectos de «Investigación Orientada», que persiguen la resolución de problemas concretos y vinculados a las prioridades temáticas asociadas a los grandes desafíos de la sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
Asimismo, se podrán financiar actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral mediante la realización de una tesis doctoral asociadas a los proyectos de investigación mencionados.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 625.393.679,41 euros, siendo 475.393.679,41 euros en forma de subvención y 150.000.000,00 euros en forma de anticipo reembolsable FEDER, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 28.303.463B.750 y 28.07.463B.82115, correspondientes de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023, y sus equivalentes en ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será desde el 10 de enero hasta el 31 de enero de 2023 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Las solicitudes de participación serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 17 de la convocatoria.
La cumplimentación y envió telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Sexto. Evaluación de las solicitudes.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Calidad y viabilidad de la propuesta.
b) Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto.
c) Impacto científico, económico y social esperado de los resultados.
d) Adecuación del presupuesto solicitado.
La descripción de los criterios y sus subcriterios, así como su valoración y umbrales, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.
Madrid, 30 de diciembre de 2022.- La Ministra de Ciencia e Innovación y la Presidenta de la Agencia Estatal de Investigación. P.D. (Orden CIN/639/2020, de 6 de julio, BOE nº 192, de 14 de julio), la Presidenta de la Agencia Estatal de Investigación, Raquel Yotti Álvarez.
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