Aena S.M.E., S.A., beneficiaria de la expropiación, insta la incoación del correspondiente expediente de expropiación forzosa para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del Proyecto Básico "Aeropuerto de A Coruña. Expropiación de los terrenos necesarios para la nueva zona de prácticas del SSEI", en el término municipal de Culleredo (A Coruña).
El Aeropuerto de A Coruña, de interés general del Estado, es un aeropuerto civil internacional con categoría OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) «4-C» y está clasificado como aeródromo de letra de clave «B» por el Real Decreto 374/1996, de 23 de febrero, por el que se establecen las nuevas servidumbres aeronáuticas de dicho aeropuerto. Por Orden TMA/975/2022, de 22 de septiembre, se aprueba la revisión del Plan Director del Aeropuerto de A Coruña (BOE 17 de octubre de 2022).
El objeto del proyecto es la expropiación de los terrenos necesarios para la construcción de la nueva zona de prácticas del Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios, pues a consecuencia de las obras necesarias de recrecido para la ampliación de franja de pista, es demolida la actual zona de prácticas quedando el aeropuerto sin una zona de entrenamiento para prácticas de fuego real y de simulacros obligatorios por AESA.
Por ello y para permitir que el aeródromo siga operando en condiciones de seguridad y cumplir con los procedimientos recogidos en la certificación conforme al Reglamento (UE) Nº 139/2014 de la Comisión de 12 de febrero de 2014, por el que se establecen los requisitos y procedimientos administrativos relativos a los aeródromos, se hace necesario adquirir los terrenos aptos para proporcionar la zona de prácticas del SSEI requerida a la mayor brevedad, lo que justifica optar por el procedimiento extraordinario regulado en el Art. 52 de la L.E.F.
La ubicación propuesta para la nueva zona de prácticas, en el lado este del actual campo de vuelos, y que es objeto del presente proyecto básico de expropiación, es óptima para que no afecte a la operatividad normal del aeropuerto, además de resultar ser una zona adecuada de entrenamiento alejada de zonas pobladas.
Los terrenos afectados por la expropiación, en una superficie de 5.136 m², se encuentran localizados dentro de la Zona de Servicio que define el Plan Director vigente, en su mayoría con aprovechamiento rústico y el resto urbano, situados en su totalidad en el término municipal de Culleredo (A Coruña).
En consecuencia, y con el fin de formalizar la ocupación de los terrenos necesarios para la ejecución de las actuaciones anteriormente descritas, se solicita la incoación del oportuno expediente de expropiación forzosa, que llevará por título "Aeropuerto de A Coruña. Expropiación de los terrenos necesarios para la nueva zona de prácticas del SSEI", en el término municipal de Culleredo (A Coruña) y el correspondiente Acuerdo en Consejo de Ministros, que permita la Urgente Ocupación de los bienes y derechos afectados, conforme se establece en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.
Asimismo y como consecuencia de la aprobación del Plan Director del Aeropuerto de A Coruña, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 2591/1998 de 4 de diciembre sobre ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, que lleva implícita la aprobación de la Declaración de Utilidad Pública a efectos expropiatorios, resultando por tanto de aplicación los contenidos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y artículos concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.
En su virtud, y a los efectos señalados en el Título II del Capítulo II, de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y en los concordantes del Reglamento, resuelvo:
En el día de la fecha, iniciar la fase de Información Pública durante un plazo de QUINCE (15) días hábiles, computados en la forma dispuesta en el artículo 17, párrafo primero, del Reglamento de 26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación que a continuación se detalla y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de las obras, puedan formular por escrito, ante este Departamento, las alegaciones que consideren oportunas, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y en el artículo 56 del Reglamento para su aplicación.
En el Ayuntamiento de Culleredo (A Coruña), estarán a disposición de los propietarios afectados el Anejo de Expropiaciones, que incluye los planos de situación y generales de expropiación, relativos al municipio referencia.
MUNICIPIO |
FINCA Nº |
POLÍGONO /MANZANA |
PARCELA |
TITULAR DOMICILIO |
SUPERFICIE EXPROPIACIÓN (m²) |
APROVECHAMIENTO |
AFECCIÓN |
CULLEREDO |
001-00-00 |
13 |
218 |
AENA S.M.E., S.A. C/ PEONÍAS, 12, 28042 MADRID (MADRID) FERREIRO LUACES, JOSÉ LUIS CL PLAZA DE PONTEVEDRA 7 Pl:06 Pt: D, 15003 A CORUÑA (A CORUÑA) |
1.199 |
RÚSTICA |
PARCIAL |
CULLEREDO |
002-00-00 |
13 |
237 |
EN INVESTIGACIÓN |
298 |
RUSTICA |
TOTAL |
CULLEREDO |
003-00-00 |
13 |
220 |
ORDEVLA S.L. CL MEDICO DURAN 25 Pl:05 Pt:C, 15005 A CORUÑA (A CORUÑA) |
1.424 |
RUSTICA |
TOTAL |
CULLEREDO |
004-00-00 |
13 |
1045803NH5914N |
GENERAL DE HORMIGONES S.A CL ARGÜELLES 25, 33003 OVIEDO (ASTURIAS) |
2.203 |
URBANA |
PARCIAL |
CULLEREDO |
005-00-00 |
13 |
0947833NH5904N0000YE |
DESCONOCIDO |
12 |
RUSTICA |
PARCIAL |
Madrid, 11 de julio de 2023.- El Subdirector General de Aeropuertos y Navegación Aérea, Álvaro Fernández-Iruegas Pombo.
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