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Documento BOE-B-2023-29405

Anuncio de la Subdirección General de Energía Eléctrica por el que se da publicidad al trámite de audiencia a los interesados en el procedimiento de elaboración de la propuesta de resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se fijan los valores del valor de carga perdida y el estándar de fiabilidad, de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) 2019/943 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de junio de 2019 relativo al mercado interior de la electricidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 11 de octubre de 2023, páginas 48022 a 48022 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2023-29405

TEXTO

En cumplimiento del artículo 82 en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se comunica que ha quedado abierto el trámite de audiencia a los interesados en el procedimiento de elaboración de la propuesta de resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se fijan los valores del valor de carga perdida y el estándar de fiabilidad, de conformidad con lo previsto en el Reglamento (UE) 2019/943 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de junio de 2019 relativo al mercado interior de la electricidad.

Esta propuesta se encuentra a disposición de los interesados, acompañada de documentación adicional, para el cumplimiento del trámite de audiencia, durante el plazo de diez días hábiles, hasta el día 27 de octubre de 2023 inclusive, en la página Web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en el siguiente enlace:

https://energia.gob.es/es-es/Participacion/Paginas/Index.aspx

Las alegaciones a la propuesta de resolución se dirigirán a la Dirección General de Política Energética y Minas, a través de la dirección de correo electrónico bzn-mercadocapacidad@miteco.es indicando en el asunto: "Propuesta de Resolución VoLL y RS".

Con carácter general las respuestas y/o escritos de alegaciones se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación que podrán desestimarse, en su caso, también de forma motivada, conforme la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 10 de octubre de 2023.- Subdirector General de Energía Eléctrica, Carlos Redondo López.

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