De acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, y con las Orientaciones Estratégicas sobre Agua y Cambio Climático, aprobadas por el Consejo de Ministros el 19 de julio de 2022, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha elaborado un Plan de Acción de Aguas Subterráneas para el periodo 2023-2030.
El Plan de Acción fue aprobado mediante Resolución del Secretario de Estado de Medio Ambiente del 19 de julio de 2023. El texto completo de la Resolución y el documento del Plan de Acción de Aguas Subterráneas 2023-2030 se encuentran disponibles en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: www.miteco.gob.es
El contenido final de la Resolución del Secretario de Estado de Medio Ambiente de 19 de julio de 2023 es el siguiente:
Primero. – Aprobación del Plan de Acción de Aguas Subterráneas (2023-2030).
Aprobar el Plan de Acción de Aguas Subterráneas (2023-2030), elaborado por la Dirección General del Agua para las cuencas intercomunitarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley del Plan Hidrológico Nacional. El Plan ha de servir de referencia para desarrollar actuaciones e inversiones en materia de conocimiento, gestión y gobernanza de las aguas subterráneas, enfocadas a la consecución de los objetivos generales de la planificación hidrológica: alcanzar el buen estado de las masas de agua subterránea y las zonas protegidas y ecosistemas asociados, y atender las demandas socioeconómicas compatibles con dichos objetivos ambientales.
Segundo. – Seguimiento del Plan.
En el plazo de tres meses desde la publicación del Plan, la Dirección General del Agua designará una Comisión estatal de seguimiento y asesoramiento del Plan. Las funciones de esta Comisión serán la coordinación y seguimiento de la implementación del Plan, así como la identificación de posibles desviaciones o la propuesta de adaptaciones a nuevas situaciones no previstas. Esta Comisión, que se reunirá con una periodicidad al menos anual, estará presidida por la Dirección General del Agua (DGA) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, e integrada por técnicos de dicha DGA y representantes de organismos de cuenca, IGME, universidades, otros expertos en aguas subterráneas e hidrogeología y usuarios de aguas subterráneas.
Las actas de las reuniones celebradas se publicarán en la web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
El funcionamiento de esta Comisión se acogerá a lo dispuesto sobre órganos colegiados en la Sección 3ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. – Publicación.
Dar publicidad a esta Resolución mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el portal web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Madrid, 17 de octubre de 2023.- Director General del Agua, Teodoro Estrela Monreal.
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