Con fecha 15 de marzo de 2019, la Secretaría General de Infraestructuras resolvió aprobar provisionalmente el " Estudio informativo de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco. Corredor de acceso y estación de Bilbao-Abando " e iniciar el proceso de información pública y audiencia de administraciones, a efectos tanto sectoriales como ambientales.
Con fecha 26 de marzo de 2019, se publicó en el «BOE» núm. 73 el anuncio por el que se sometía a Información Pública y Audiencia el presente Estudio Informativo.
Una vez redactado el expediente de información pública y audiencia, con fecha 10 de septiembre de 2019, se procedió a su envío al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, solicitando el inicio de la evaluación ambiental ordinaria, de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.
Mediante Resolución de 15 de diciembre de 2022 (BOE de 23 de diciembre de 2022) de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, se formuló la declaración de impacto ambiental del "Estudio informativo de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco. Corredor de acceso y estación de Bilbao-Abando " en la que se establecen las condiciones ambientales que resultan de la evaluación ambiental practicada.
Con fecha 25 de enero de 2023, la Secretaría General de Infraestructuras ha resuelto:
Primero. Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 10 del vigente Reglamento del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre) relativo a la tramitación y aprobación de estudios informativos.
Segundo. Aprobar el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el "Estudio informativo de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco. Corredor de acceso y estación de Bilbao-Abando". La solución definitivamente aprobada se corresponde con la informada favorablemente por la declaración de impacto ambiental, que consiste en la alternativa 1 (este) para el corredor de acceso junto con la opción de reubicar la base de mantenimiento en el nivel -1,5 de la futura estación soterrada de Bilbao-Abando.
Tercero. Durante la redacción y aprobación de los proyectos constructivos y la ejecución de las obras, cuya competencia recae en el administrador de la infraestructura ferroviaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, deberán tenerse en cuenta las prescripciones siguientes:
- Las establecidas en la Resolución de 15 de diciembre de 2022 (BOE de 23 de diciembre), de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formuló la declaración de impacto ambiental del proyecto «Estudio informativo de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco. Corredor de acceso y estación de Bilbao-Abando», incluyendo las modificaciones no significativas que se han incorporado durante el trámite de evaluación ambiental y que figuran en la documentación complementaria elaborada en contestación a los distintos requerimientos del órgano ambiental.
- Las establecidas en el Estudio Informativo y en el expediente de información pública y audiencia.
La solución definitivamente aprobada puede consultarse en la siguiente página web:
https://www.mitma.es/ferrocarriles/estudios-en-tramite/estudios-y-proyectos-en-tramite/iu-nred-pais-vasco-bilbao-abando
Cuarto. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 26 de enero de 2023.- El Subdirector General de Planificación Ferroviaria, Jorge Ballesteros Sánchez.
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