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Documento BOE-B-2023-33873

Anuncio de información pública de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. del expediente de extinción del aprovechamiento de 0,252 l/s de agua de un manantial sito en Portela, parroquia de Grou (San Mamede), término municipal de Lobios (Ourense), con destino a riego. A/32/T-0826/E.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 16 de noviembre de 2023, páginas 55187 a 55187 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2023-33873

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN (1) MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de Lobios o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente: A/32/T-0826/E

Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas

Titular: Jesús Pérez Rodríguez

Nombre del río o corriente: Un manantial

Caudal concedido: 0,252 l/s

Punto localización: Portela, parroquia de Grou (San Mamede)

Término municipal y provincia: Lobios, Ourense

Destino: Riego

Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte

Fecha: 04 de noviembre de 1993 (Disposición transitoria segunda de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas)

Registro de Aguas: 12323, Sección C, en el Tomo 0063, hoja número 123

Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas incoado de oficio por este Organismo de cuenca por interrupción de la explotación del mismo durante tres años consecutivos, por causas imputables al titular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 165 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres.

Ourense, 13 de noviembre de 2023.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.

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