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Documento BOE-B-2023-35645

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., relativo a la aprobación del canon de regulación de los embalses del Guadalope año 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 28 de noviembre de 2023, páginas 57769 a 57771 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2023-35645

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del R.D. 849/1986 de 11 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico y el artículo 5 del R.D. 984/1989 de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas, el Servicio 4º de Explotación de la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del Ebro elaboró cálculo del canon de regulación de los embalses del Guadalope año 2024, acompañado de estudio técnico y económico, este último efectuado con la participación de la Junta de explotación Nº 9 (sesión del día 29 de marzo de 2023).

A la vista de todo ello, en fecha 14 de abril de 2023 la Dirección Técnica de este Organismo procedió a la aprobación de la propuesta del canon de regulación de los embalses del Guadalope año 2024, a los efectos previstos en el mencionado artículo 302 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico y para sometimiento de los valores propuestos a información pública.

A tal efecto, con fechas 8 y 12 de mayo de 2023 se publicó en los Boletines Oficiales de las Provincias de Zaragoza y Teruel respectivamente, anuncio por el que se acordaba someter a información pública durante quince días hábiles la siguiente propuesta de valores contenida en el canon de regulación de los embalses del Guadalope año 2024 que había sido aprobada por la Dirección Técnica en fecha 14 de abril de 2023.

Dentro del mencionado plazo de información pública, el 30 de mayo de 2023 se presentó reclamación por la JUNTA CENTRAL DE USUARIOS DEL RIO GUADALOPE, emitiéndose informe sobre la misma por Dirección Técnica de esta Confederación Hidrográfica del Ebro.

Valorada la reclamación presentada y el informe emitido, a la vista de lo dispuesto en el mencionado artículo 302 del R.D. 849/1986 de 11 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico y en ejercicio de la competencia atribuida por los artículos 30 d) y 30 e) del R.D. Legislativo 1/2001 de 2 de julio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y 33.2.i) del R.D. 927/1988 de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, la Presidenta con fecha 26 de octubre de 2023, ha dictado resolución de aprobación del canon de regulación de los embalses del Guadalope año 2024, en cuya parte dispositiva se acuerda:

"PRIMERO.- APROBAR EL CANON DE REGULACIÓN de los embalses del Guadalope para el año 2024, objeto de este expediente, que resulta de la aplicación del descuento del 32% que recoge la Orden TED/967/2023, de 24 de julio, por la que se establece la excepción temporal y parcial al principio de recuperación de costes del artículo 111.bis del texto refundido de la Ley de Aguas para la reducción del canon de regulación de los embalses del Guadalope.

El canon será el que ha determinado la Dirección Técnica en su informe de 17 de octubre de 2023 y que se transcribe:

- Hectáreas de riego del grupo 1.º: 24,013141 euros/hectárea.

- Hectáreas de riego del grupo 2.º: 25,788470 euros/hectárea.

- Hectáreas de riego del grupo 3.º: 24,342116 euros/hectárea.

- Hectáreas de riego del grupo 4.º: 26,117447 euros/hectárea.

- Hectáreas de riego del grupo 5.º: 23,355188 euros/hectárea.

- Hectáreas de riego del grupo 6.º: 31,511513 euros/hectárea.

- Hectáreas de riego del grupo 7.º: 32,169466 euros/hectárea.

- Hectáreas de riego del grupo 8.º: 35,130250 euros/hectárea.

- Hectáreas de riego del grupo 9.º: 39,578307 euros/hectárea.

- Metros cúbicos de agua para abastecimiento anteriores a Calanda: 0,023708 euros/metro cúbico.

- Metros cúbicos de agua para abastecimiento posteriores a Calanda: 0,026714 euros/metro cúbico.

- Metros cúbicos de agua con consumo para usos industriales: 0,000000 euros/metro cúbico.

- Metros cúbicos de agua sin consumo: 0,000000 euros/metro cúbico.

- kWh mejorado: 0,010686 euros/kWh.

SEGUNDO.- Desestimar la alegación segunda de la Junta Central de Usuarios del Guadalope en relación con la participación de ENDESA en la amortización de la inversión.

TERCERO.- Publicar esta Resolución en el BOE y el portal del Organismo de cuenca (www.chebro.es)

CUARTO.- Notificar esta Resolución al reclamante, con indicación de los recursos que contra la misma podrá interponer.

QUINTO.- Dar traslado a Dirección Técnica y al Servicio Económico de este Organismo, para su conocimiento."

Conforme a lo dispuesto en el artículo 313 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, la citada Resolución de la Presidencia, tiene carácter económico administrativo por lo que podrá interponerse contra la misma recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa para su remisión, esta última, al Tribunal Económico Administrativo Regional de Aragón, sin que sea posible simultanear estas dos vías de impugnación. Ambos recursos deberán dirigirse a Confederación Hidrográfica del Ebro y presentarse dentro del mes siguiente a la publicación de la citada Resolución de la Presidenta del 26 de octubre del 2023, todo ello en virtud de lo establecido en los artículos 222, 223, 225, 229 y 235 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.

Zaragoza, 21 de noviembre de 2023.- La Secretaria General, Carolina Marín Hijano.

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