BDNS(Identif.):734336
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/734336)
Primero. Beneficiarios:
a) Las entidades que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España y que desarrollen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud, conforme a una de las siguientes tipologías de centros:
1.º Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial.
2.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.
3.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
4.º Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS, que cumplan con las condiciones recogidas en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Título III, artículo 67, que regula la vinculación a la red pública de hospitales del sector privado.
5.º Los OPI definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
6.º Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
7.º Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
8.º Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que en sus Estatutos, en la normativa que los regule, o en su objeto social, tengan definida entre sus actividades la I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
9.º Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
10.º Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
11.º Otras unidades de la Administración sanitaria.
b) En el caso de que alguno de los centros enumerados en el apartado anterior careciese de personalidad jurídica propia, constará como solicitante y beneficiaria la entidad con personalidad jurídica propia que tenga encomendada la gestión de su actividad investigadora.
Segundo. Objeto.
Convocar las siguientes actuaciones:
- Formación de Doctores en el campo de la Biomedicina y las Ciencias de la Salud, de Especialistas en Ciencias de la Salud con Formación Sanitaria Especializada en Investigación Biomédica, Clínica y Traslacional y de personal técnico y de gestores de I+D+I en el campo de la Investigación Biomédica.
- Contratación de Doctores y la incorporación a los centros asistenciales del SNS de personal facultativo con experiencia Investigadora, de Especialistas con Formación Sanitaria Especializada, titulados universitarios y otro personal técnico de apoyo a la Investigación en el SNS, incluidas las actividades de gestión de I+D+I en Biomedicina y Ciencias de la Salud.
- Movilidad de los Investigadores.
- Desarrollo de proyectos de I+D+I en Salud que favorezcan la transferencia de conocimiento al SNS, proyectos de carácter aplicado para incrementar el grado de madurez de su desarrollo tecnológico y proyectos para fomentar la investigación clínica independiente.
- La incorporación de nuevos grupos de investigación al Consorcio CIBER.
- Desarrollo de proyectos de colaboración internacional para abordar de forma conjunta y coordinada los grandes desafíos de la sociedad, contribuyendo a la consolidación del Espacio Europeo de Investigación.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CIN/1412/2021, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco de la Acción Estratégica en Salud del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia («BOE» de 17 de diciembre de 2021).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima destinada a las ayudas asciende a 138.336.493,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de generación y presentación de las solicitudes y de la restante documentación necesaria en cada caso será el siguiente (en todos los casos tanto el día de inicio como el de finalización hasta las 15:00 horas (hora peninsular), están incluidos en el plazo de presentación de solicitudes):
a) Actuaciones objeto de ayuda de los Subprogramas Estatales de Formación, Incorporación y Movilidad.
1º Contratos PFIS: 22 de febrero al 20 de marzo de 2024
2º Contratos i-PFIS: 22 de febrero al 20 de marzo de 2024
3º Contratos Río Hortega: 14 de febrero al 7 de marzo de 2024
4º Contratos Sara Borrell: 14 de febrero al 7 de marzo de 2024
5º Contratos de gestión en investigación en salud en los IIS: 6 al 27 de febrero de 2024
6º Contratos Miguel Servet: 13 de febrero al 6 de marzo de 2024
7º Contratos Juan Rodés: 13 de febrero al 6 de marzo de 2024
8º Contratos para la intensificación de la actividad investigadora en el Sistema Nacional de Salud: 13 de febrero al 5 de marzo de 2024
9º Contratos de personal técnico bioinformático de apoyo a la investigación en los IIS: 6 al 27 de febrero de 2024
10º Ayudas para la movilidad del personal investigador (Modalidad M-BAE): 13 de febrero al 5 de marzo de 2024
11º Ayudas para la movilidad del personal investigador (Modalidad M-AES): 13 de febrero al 5 de marzo de 2024
b) Actuaciones objeto de ayuda de los Subprogramas Estatales de Generación de Conocimiento, Transferencia de Conocimiento, Fortalecimiento Institucional e Infraestructuras y Equipamiento.
1º Proyectos de I+D+I en salud: 13 de febrero al 19 de marzo de 2024
2º Proyectos de desarrollo tecnológico en salud: 6 de febrero al 5 de marzo de 2024
3º Proyectos de investigación clínica independiente: 6 de febrero al 7 de marzo de 2024
4º Incorporación de nuevos grupos al CIBER: 22 de febrero al 20 de marzo de 2024
c) Actuaciones objeto de ayuda del Subprograma Estatal de Internacionalización.
1º Proyectos de colaboración internacional: 12 de septiembre al 15 de octubre de 2024
El plazo para la generación y presentación de las solicitudes mediante la aplicación informática finalizará a las 15:00 horas, hora peninsular, del día de finalización indicado.
Sexto. Otros datos.
Queda establecido con carácter general la modalidad de pago único para todas las ayudas contempladas en la convocatoria, salvo que en la resolución de concesión se establezca el pago fraccionado por anualidades.
Madrid, 20 de diciembre de 2023.- El Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., Cristóbal Belda Iniesta.
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