Ha sido admitida la integración al comprobarse que reúnen los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de integración de la asociación empresarial fue formulada por D. Rafael González Gil-García mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2023/000191.
La Asamblea General Extraordinaria celebrada con fecha 21 de septiembre de 2022 por la "Asociación Regional de Industrias Extractivas y Afines de la Comunidad de Madrid" (ARINDEX-CAM), aprobó por unanimidad su integración, con pérdida de personalidad jurídica, en la asociación empresarial denominada "Asociación Nacional de Industrias Extractivas y Afines" (AINDEX). El certificado está suscrito por D. Roberto Carrasco Castillo en calidad de Secretario con el visto bueno del Presidente, D. Rafael González Gil-García.
La Asamblea General Extraordinaria celebrada con fecha 24 de noviembre de 2022 por la "Asociación Nacional de Industrias Extractivas y Afines" (AINDEX), adoptó por unanimidad el acuerdo de aceptar la integración de la "Asociación Regional de Industrias Extractivas y Afines de la Comunidad de Madrid" (ARINDEX-CAM). El certificado está suscrito por D. Daniel Tejela Matías en calidad de Secretario con el visto bueno del Presidente, D. Rafael González Gil-García.
Como consecuencia de la integración, la "Asociación Regional de Industrias Extractivas y Afines de la Comunidad de Madrid" pierde su personalidad jurídica, quedando integrado en la "Asociación Nacional de Industrias Extractivas y Afines".
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 20 de enero de 2023, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.
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