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Documento BOE-B-2023-9094

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, el proyecto denominado «MODIFICADO DE PROYECTO DE EJECUCIÓN LÍNEA DE EVACUACIÓN 20 kV PARA PS "IM2 ZENETE"», en el término municipal de Aldeire (Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 2023, páginas 14209 a 14214 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2023-9094

TEXTO

En relación con dicho asunto consta en el expediente (E-3095; 13945/AT) los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 12 de agosto de 2020, por el representante de la entidad IM2 ENERGÍA SOLAR PROYECTOS 22, S.L., con CIF B40526378 y domicilio fiscal en la calle Xátiva nº 14, 1º-C de Valencia, se presentó, junto con otra documentación, solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto promovido por la misma denominado «LÍNEA DE EVACUACIÓN DE 20 kV PARA "PSF IM2 ZENETE", en el término municipal de Aldeire». Con fecha 24 de noviembre siguiente se presentó nueva solicitud de declaración de utilidad pública, adjuntando el documento técnico donde se detalla la actuación. Finalmente, con fecha 14 de julio de 2022 se presentó nueva solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y de declaración, en concreto, de utilidad pública del documento que ajunta denominado «MODIFICADO AL PROYECTO DE EJECUCIÓN LÍNEA DE EVACUACIÓN 20 kV PARA PS "IM2 ZENETE"». Con fecha 21 de septiembre de 2022 se dictó Resolución por esta Delegación Territorial concediendo la autorización para dicho proyecto.

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados: E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., Ayuntamiento de Aldeire, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Granada (por afección a vías pecuarias) y la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Granada, que emitieron contestación la cual fue remitida al peticionario o bien, trascurridos treinta días sin que hayan contestado se entiende que no tienen objeción o condición que formular.

TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose el correspondiente anuncio en en el Boletín Oficial del Estado de fecha 20 de octubre de 2022; en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 14 de diciembre de 2022 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 30 de octubre de 2022. Del mismo modo, se publicó en el diario IDEAL de Granada de fecha 24 de noviembre de 2022 y se expuso por el plazo reglamentario en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Aldeire. Por último, se procedió la publicación del anuncio y su proyecto en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

CUARTO.- Durante el periodo de información pública, salvo error u omisión, no consta que se haya presentado ninguna alegación.

QUINTO.- Con fecha 21 de septiembre de 2022 se ha concedido mediante Resolución de esta Delegación Territorial (y otra de fecha 3 de octubre siguiente de corrección de errores) la correspondiente autorización administrativa previa y de ejecución respecto de dicho proyecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en particular, su artículo 5.6, cuyo primer párrafo atribuye a las Delegaciones Territoriales la competencia en materia de expropiación forzosa, para declarar la utilidad pública y necesidad de ocupación de los bienes y derechos a expropiar en materia de energía, hidrocarburos y minas, salvo que la expropiación afecte a bienes en dos o más provincias, en cuyo caso la competencia será de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Política Industrial y Energía.

SEGUNDO.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas se encuentra regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes citado. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa». El número siguiente continúa estableciendo que «Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública».

TERCERO.- Respecto de la servidumbre de paso, el artículo 57 de dicha Ley 24/2013, establece, respecto de la servidumbre de paso que: «1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable. 2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario».

Por todo lo cual y, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

RESUELVO

PRIMERO.- Declarar, en concreto, la utilidad pública, de la instalación eléctrica promovida por la entidad IM2 ENERGÍA SOLAR PROYECTOS 22, S.L., denominada «MODIFICADO AL PROYECTO DE EJECUCIÓN LÍNEA DE EVACUACIÓN 20 kV PARA PS "IM2 ZENETE"», según se describe en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:

1ª. Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.

2ª. Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.

3ª. En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución a la entidad solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el BOE, el BOJA y el BOP de Granada, con indicación de que las citadas publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

EL DELEGADO TERRITORIAL Fdo.: Gumersindo Carlos Fernández Casas

ANEXO: RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO «MODIFICADO DE PROYECTO DE EJECUCIÓN LÍNEA DE EVACUACIÓN 20 kV PARA PS "IM2 ZENETE"»

(E-3095; 13945/AT)

TITULAR

MUNIC.

REF CATASTRAL

DATOS DE LA FINCA

LÍNEA ELÉCTRICA 20 kV EVACUACIÓN, TRAMO AÉREO

POL.

PARC.

NATURALEZA

PARAJE

Longitud de vuelo Eje LAAT (ml)

Servidumbre de paso de energía eléctrica (m²)

Apoyo

Superficie apoyos (m²)

Acceso Temporal a apoyos (ml)

Ocupación temporal por obras (m²)

6

MARÍA MEDINA MONTES

ALDEIRE

18011A00600059

006

00059

LABOR REGADÍO

CAZ

INOVAO

217

3832

1 2

1,19 1,10

253

1.846

7

PURIFICACIÓN CÁRDENAS GARRIDO

ALDEIRE

18011A00600058

006

00058

LABOR REGADÍO

CAZ

INOVAO

20

385

40

8

CARMEN LABELLA MORENO

ALDEIRE

18011A00600055

006

00055

LABOR REGADÍO

CAZ

INOVAO

221

4190

3 4

1,28 1,10

224

1.738

9

ANTONIO PÉREZ REYES

ALDEIRE

18011A00600117

006

00117

LABOR REGADÍO

CAZ

INOVAO

8 (prox. lateral)

5

0

10

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00600044

006

00044

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

CAZ

INOVAO

167

3295

5

1,10

140

1.294

11

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00600045

006

00045

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

CAZ

INOVAO

72

1478

245

1.124

12

AYUNTAMIENTO DE ALDEIRE

ALDEIRE

18011A00609011

006

09011

VÍA COMUNICACIÓN

DOMINIO PÚBLICO

CAMINO

6

114

11

56

13

FRANCISCO GARRIDO MARTÍNEZ

ALDEIRE

18011A00600042

006

00042

LABOR REGADÍO

CAZ

INOVAO

14 (prox. lateral)

25

0

14

LUIS LORENZO MORENO PUERTAS ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00600041

006

00041

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

CAZ

INOVAO

271

5071

6 7

1,10 1,10

448

2.734

15

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL JUAN LÓPEZ MONTES

ALDEIRE

18011A00600111

006

00111

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

CAZ

INOVAO

85

1449

8

1,10

163

1.222

16

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00600129

006

00129

IMPRODUCTIVO

CAZ

INOVAO

1 (cond extremo

48

0

17

FRANCISCO MORENO HURTADO

ALDEIRE

18011A00600026

006

00026

LABOR REGADÍO

CAZ

INOVAO

53

1140

106

18

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00600144

006

00144

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

CAZ

INOVAO

175

3379

9

1,10

338

2.102

19

COMUNIDAD DE REGANTES

ALDEIRE

18011A00609006

006

09006

HIDROGRAFÍA NATURAL

ACEQUIA INOVOA

2

49

2

12

20

COMUNIDAD DE REGANTES

ALDEIRE

18011A00509002

005

09002

HIDROGRAFÍA NATURAL

ACEQUIA INOVOA

2

48

2

12

21

ANDASOL 2 CENTRAL TERMOSOLAR DOS SL ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500039

005

00039

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

83

1415

10

1,49

147

1.154

22

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500098

005

00098

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

8 (cond. extremo

226

19

76

23

HROS. DE ÁNGEL ANTONIO RAMOS JIMÉNEZ

ALDEIRE

18011A00500040

005

00040

LABOR REGADÍO

LA VIÀA

69

1216

69

414

24

FAUSTINO RAMOS JIMÉNEZ

ALDEIRE

18011A00500095

005

00095

LABOR REGADÍO

LA VIÀA

112

2164

11

1,49

150

1.224

25

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500043

005

00043

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

153

2742

12

1,28

212

1.554

26

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500090

005

00090

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

15 (prox. lateral)

35

47

188

27

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500042

005

00042

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

143

1611

13 14 15

1,10 2,79 2,25

327

1.994

28

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL MARÍA MORENO MEDINA

ALDEIRE

18011A00500086

005

00086

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

65

827

16

2,25

75

830

29

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500044

005

00044

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

73

1137

17

1,28

36

690

30

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500066

005

00066

LABOR REGADÍO

LA VIÀA

59

1345

118

31

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL RAFAEL MANJÓN RAMOS ENCARNACIÓN DELGADO REQUENA

ALDEIRE

18011A00500045

005

00045

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

4

174

8

32

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500046

005

00046

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

36

763

72

33

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL HROS. DE JUAN ANTONIO GONZÁLEZ MOLINA HEREDEROS DE ADELA MEDINA MONTES

ALDEIRE

18011A00500047

005

00047

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

68

1234

18

1,28

31

660

34

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500048

005

00048

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

57

1304

57

342

35

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL CIPRIANO SANCHEZ MONTES

ALDEIRE

18011A00500049

005

00049

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

53

1181

53

318

36

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500050

005

00050

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

69

1144

19

2,72

86

882

37

MARÍA DEL CARMEN ARANDA VALERO

ALDEIRE

18011A00500051

005

00051

LABOR REGADÍO

LA VIÀA

39

726

39

234

38

JOSEP LLUIS MACHADO PÉREZ ANTONIO PÉREZ ROMERA ROSA MACHADO PÉREZ ESTHER MACHADO PÉREZ

ALDEIRE

18011A00500052

005

00052

LABOR REGADÍO

LA VIÀA

37

669

46

258

39

HROS. DE ANTONIO ESPINOSA ESPINOSA

ALDEIRE

18011A00500053

005

00053

LABOR REGADÍO

LA VIÀA

30

483

20

0,94

36

604

40

ENCARNACIÓN HURTADO ESPINOSA

ALDEIRE

18011A00500054

005

00054

LABOR REGADÍO

LA VIÀA

67

1124

67

402

41

BENITO ESPINAR MORENO

ALDEIRE

18011A00500055

005

00055

LABOR REGADÍO

LA VIÀA

11

213

21

0,98

13

474

42

AYUNTAMIENTO DE ALDEIRE

ALDEIRE

18011A00509001

005

09001

VÍA COMUNICACIÓN

DOMINIO PÚBLICO

CAMINO

37 (prox. lateral)

13

2

8

T-1

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00600127

006

00127

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

CAZ

INOVAO

8

32

T-2

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00500099

005

00099

LABOR REGADÍO E

IMPRODUCTIVO

LA VIÀA

110

440

T-3

JUNTA DE ANDALUCÍA

ALDEIRE

18011A90009100

900

09100

VÍA COMUNICACIÓN

DOMINIO PÚBLICO

CAMINO

2

8

TITULAR

MUNIC.

REF CATASTRAL

DATOS DE LA FINCA

LÍNEA ELÉCTRICA 20 kV EVACUACIÓN, TRAMOS SUBTERRÁNEOS

POL

PARC

NATURALEZA

PARAJE

Long. zanja (ml)

Superficie zanja (m²)

Servidumbre paso energía eléctrica y ocupación definitiva (m²)

HITOS Y

ARQUETAS (m²)

Ocupación temporal (m²)

1

HEREDEROS DE MARÍA RAMOS JIMÉNEZ

ALDEIRE

18011A00100034

001

00034

LABOR REGADÍO

LLANILLOS DE ALCUDIA

102,27

40,91

81,82

0,20

665,76

2

ROSA ADORACIÓN SÁNCHEZ AGUILERA

ALDEIRE

18011A00100033

001

00033

LABOR REGADÍO

LLANILLOS DE ALCUDIA

131,12

52,45

104,90

0,20

853,28

3

SIRIUS SOLAR SL

ALDEIRE

18011A00100038

001

00038

LABOR REGADÍO

LLANILLOS DE ALCUDIA

77,94

32,28

64,56

2,31

518,16

4

AYUNTAMIENTO DE ALDEIRE

ALDEIRE

18011A00109001

001

09001

VÍA COMUNICACIÓN DOMINIO PÚBLICO

CM DÓLAR

5,17

2,59

5,17

33,61

5

AYUNTAMIENTO DE ALDEIRE

ALDEIRE

18011A00609009

006

09009

VÍA COMUNICACIÓN DOMINIO PÚBLICO

CM DÓLAR

5,17

2,59

5,17

33,61

6

MARÍA MEDINA MONTES

ALDEIRE

18011A00600059

006

00059

LABOR REGADÍO

CAZ INOVAO

12,86

5,56

11,12

2,11

94,14

41

BENITO ESPINAR MORENO

ALDEIRE

18011A00500055

005

00055

LABOR REGADÍO

LA VIÀA

12,36

6,18

12,36

2,11

90,89

42

AYUNTAMIENTO DE ALDEIRE

ALDEIRE

18011A00509001

005

09001

VÍA COMUNICACIÓN DOMINIO PÚBLICO

CAMINO

2,00

1,00

2,00

13,00

43

AYUNTAMIENTO DE ALDEIRE

ALDEIRE

18011A00609005

006

09005

VÍA COMUNICACIÓN DOMINIO PÚBLICO

CAMINO

2,19

1,10

2,19

14,24

44

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00600104

006

00104

IMPRODUCTIVO

LAS BALSAS

7,63

3,82

7,63

49,60

45

ANDASOL 1 CENTRAL TERMOSOLAR UNO SL

ALDEIRE

18011A00600105

006

00105

IMPRODUCTIVO

LAS BALSAS

128,70

64,35

128,70

2,51

849,10

Aldeire, 13 de marzo de 2023.- Delegado Territorial, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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