Contenu non disponible en français
BDNS(Identif.):753215
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/753215)
Primero. Personas beneficiarias.
Podrán acceder a la condición de persona beneficiaria de estas becas las personas físicas mayores de edad, de nacionalidad española, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y extranjeros, que reúnan y acrediten los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud.
Requisitos Académicos:
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan alguna de las siguientes condiciones en el plazo de presentación de solicitudes:Estén matriculadas en un grado, título universitario oficial, de 240 "European Credit Transfer and Accumulation System" (en adelante ECTS), en el curso académico 2023-2024 y que tengan al menos 180 ECTS o el 75% completados correspondientes al grado que estén realizando.Estén matriculadas en un grado, título universitario oficial, de al menos 300 ECTS en el curso académico 2023-2024 y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando.Estén matriculadas en un doble grado, título universitario oficial, de 300 ECTS o más, en el curso académico 2023-2024, y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando.Estén matriculadas en un Máster Universitario oficial durante el curso académico 2023-2024 o 2024-2025.
Requisitos generales:Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan cada una de las siguientes condiciones:No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Doctor/a.No haber sido persona beneficiaria de una beca del programa JAE.No haber disfrutado de una ayuda para un contrato de investigación.
Requisitos relativos a la nota media mínima del expediente académico:
Para los estudios a los que se aplique el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad:Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0- 10 y con 2 decimales, igual o superior a 7,50 para todos los ámbitos del conocimiento, excepto para estudios de doble grado, aquellos pertenecientes a los ámbitos de industrias culturales: diseño, animación, cinematografía y producción audiovisual; ingeniería eléctrica, ingeniería electrónica e ingenieríade la telecomunicación; ingeniería industrial, ingeniería mecánica, ingeniería automática, ingeniería de la organización industrial e ingeniería de la navegación; ingeniería informática y de sistemas; ingeniería química, ingeniería de los materiales e ingeniería del medio natural que será igual o superior a 6,50.
Para los estudios a los que se aplique el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0- 10 y con 2 decimales, igual o superior a 7.50 para todas las ramas de conocimiento, excepto para estudios de doble grado y los grados pertenecientes a rama del conocimiento de Ingeniería y Arquitectura que será igual o superior a 6.50.Las personas solicitantes que no hayan finalizado los estudios de grado deberán acreditar estas notas medias para los créditos obtenidos hasta la fecha de presentación de su solicitud en el plazo de presentación de solicitudes.
Segundo. Objeto:
La iniciación de estudiantes universitarios en la carrera científica en las diferentes áreas globales del CSIC (Vida, Sociedad y Materia) mediante 300 becas para estancias de siete meses consecutivos, que se iniciarán el primer día del mes una vez resueltas las becas, y se disfrutarán en los grupos de investigación que desarrollen su labor en las diferentes estructuras de investigación (EI) con las que cuenta el CSIC, donde se desarrolla la actividad científica y técnica del CSIC, institutos de investigación, centros nacionales, plataformas temáticas interdisciplinares (PTI) y redes científicas. Propiciando una aproximación al conocimiento de los problemas científico-técnicos de actualidad y a los métodos utilizados para su resolución.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden CIN/895/2022, de 12 de septiembre, por la que se actualiza el Programa «Junta para la Ampliación de Estudios» y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las becas para la formación por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Cuarto. Importe:
La cuantía total de cada beca será de 4.200 euros y será abonada mensualmente.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.
Para más información pueden consultar en la sede electrónica del CSIC https:// sede.csic.gob.es/programa-jae
Madrid, 5 de abril de 2024.- La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Dª Eloísa del Pino Matute.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid