BDNS(Identif.):757633
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/757633)
Primero. Beneficiarios.
Aquellas personas físicas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras:
a) Ser mayor de edad, de nacionalidad española, o de nacionalidad de los Estados miembros de la Unión Europea o de los signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, siempre que posea perfecto dominio, hablado y escrito, del español en el momento de solicitar la beca, lo cual se acreditará mediante la presentación del correspondiente certificado.
b) Poseer titulación superior universitaria o título de grado, requerida en el anexo I de la convocatoria para cada perfil de beca.
c) Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título que corresponda, señalado en el apartado anterior, en los seis años anteriores a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
En caso de tener finalizados estudios de postgrado, como doctorado o máster oficial, el requisito del apartado anterior será de aplicación a estos estudios.
d) No tener una beca en la actualidad ni haber tenido beca anteriormente en el Consejo de Seguridad Nuclear.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Segundo. Objeto.
El objeto de esta resolución es la aprobación de la convocatoria, correspondiente al año 2024, para la concesión de becas de formación en materia de seguridad nuclear y protección radiológica del CSN.
Tercero. Bases reguladoras.
Las subvenciones objeto de esta convocatoria estarán sometidas a lo dispuesto en esta resolución y en la Resolución de 18 de mayo de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear (BOE núm. 15, de 17 de enero de 2024), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en materia de seguridad nuclear y protección radiológica del CSN.
Cuarto. Cuantía y duración.
La duración inicial es de doce meses, pudiendo prorrogarse por resolución de la Presidencia del Consejo de Seguridad Nuclear, a petición del tutor o tutora responsable del seguimiento de la beca, en función del rendimiento de la persona becada y de las disponibilidades presupuestarias. No obstante, en ningún caso la duración total de cada una de las becas concedidas excederá de dos años.Cada beca estará dotada con una cuantía bruta anual de 18.360 euros (dieciocho mil trescientos sesenta euros), abonadas en 12 pagas de 1.530 euros (mil quinientos treinta euros) brutos.
Quinto. Presentación y plazo de las solicitudes
La presentación de cada solicitud se hará mediante la sede electrónica del CSN https://www.csn.es/becas o a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado: https://reg.redsara.es/. Esta se presentará, además, junto con la documentación que se especifica en el artículo 11 de la convocatoria.El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente extracto de la convocatoria.
Madrid, 26 de abril de 2024.- Juan Carlos Lentijo Lentijo, Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid