Dada la posible existencia de interesados indeterminados conforme a lo establecido en el artículo 1.2 de la Orden TEC/271/2019, de 6 de marzo, a los efectos del procedimiento de liquidación de los suplementos territoriales correspondientes a la Comunidad Autónoma de Extremadura, seguido en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (procedimiento LIQ/DE/025/20), se procede, de conformidad con el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a publicar la apertura de trámite de audiencia sobre la propuesta de liquidación, sin perjuicio de la notificación individualizada por esta Dirección a los interesados que constan identificados en el expediente de referencia.
De acuerdo con la propuesta de liquidación formulada, las cuantías a pagar por esta Comisión a los sujetos pasivos resultan de aplicar la proporción entre las cuantías abonadas por los sujetos pasivos y las cuantías totales abonadas por las empresas distribuidoras en la cuenta habilitada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a tal efecto en concepto de suplementos territoriales correspondientes al ejercicio 2013 para la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha proporción arroja el resultado de 77,82%.
De conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre, se confiere un plazo de diez días hábiles para realizar las alegaciones que se estimen pertinentes, a contar desde el día siguiente a la presente publicación.
Madrid, 30 de abril de 2024.- La Directora de Energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Rocío Prieto González.
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